La CNMV publica dos guías técnicas sobre instituciones de inversión colectiva

20-01-2017 — AR/2017/012

La CNMV publica dos guías técnicas: una sobre refuerzo de la transparencia de fondos de inversión con objetivo concreto de rentabilidad a largo plazo, con nuevas advertencias en los datos fundamentales para el inverso (riesgo por plazo, liquidez del fondo); y otra sobre operaciones vinculadas a instrumentos financieros realizadas por las sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva, con requisitos para la detección y control de los conflictos de intereses.

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) publicó ayer, 19-1-2017, dos nuevas guías técnicas: una sobre la comercialización de fondos con objetivo concreto de rentabilidad a largo plazo y otra sobre operaciones vinculadas relativas a instrumentos financieros realizadas por gestoras de instituciones de inversión colectiva.

Guía técnica sobre refuerzo de la transparencia de fondos de inversión con objetivo concreto de rentabilidad a largo plazo

Esta guía establece la necesidad de que se incluyan nuevas advertencias en los datos fundamentales para el inversor (DFI) de los fondos con objetivo concreto de rentabilidad con un plazo superior a tres años:

  • Advertencia a los inversores sobre el riesgo por plazo
  • Advertencia a los inversores sobre la liquidez del fondo
  • Advertencia a los inversores sobre el riesgo por el plazo de comercialización

Estas advertencias deberán incluirse también en la documentación comercial que describa el fondo y pueda ser entregada a los clientes por las gestoras o los comercializadores para su distribución, tales como trípticos, fichas comerciales y similares.

Guía Técnica sobre operaciones vinculadas relativas a instrumentos financieros realizadas por las sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva

En esta, se fija una serie de requisitos genéricos para la detección y control de los conflictos de intereses y, en particular, se define un régimen específico para las operaciones con partes vinculadas. En concreto, la CNMV establece criterios técnicos de aplicación a la compraventa de instrumentos financieros:

  1. Comprobación de que la operación relativa a instrumentos financieros ha de ser en interés exclusivo de la IIC
  2. Comprobación de precios de operaciones relativas a instrumentos financieros;
  3. Aprobación de la operación vinculada relativa a instrumentos financieros
  4. Registro de operaciones vinculadas
  5. Delegación de la gestión

Como A continuación, incluimos los vínculos a las Guías de la CNMV: