La CNMV aprueba la circular sobre obligaciones de publicidad en la web de gobierno corporativo y política de remuneraciones

19-12-2017 — AR/2017/116

Esta circular regula los contenidos que han de publicarse en la página web de cada entidad referente a la composición y funcionamiento del gobierno corporativo y las remuneraciones de los órganos de dirección. Describe también cómo ha mostrarse la información. Estos cambios han de implantarse antes del 19-3-2018.

La CNMV publicó ayer, 18-12-2017, la Circular 3/2017 sobre obligaciones de publicidad a través de la página web de las empresas de servicios de inversión en materia de gobierno corporativo y política de remuneraciones, por la que se modifica la Circular 7/2008, sobre normas contables, cuentas anuales y estados de información reservada de las empresas de servicios de inversión, sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva y sociedades gestoras de entidades de capital-riesgo.

Esta circular se ha aprobado sin cambios relevantes respecto del borrador inicial que se publicó el pasado mes de septiembre a consulta.

Los aspectos principales recogidos en la Circular son los siguientes:

  1. Estas obligaciones de publicidad en la página web no aplican a las entidades que no presten el servicio auxiliar de custodia y a aquellas que presten únicamente uno o varios de los servicios de recepción y transmisión de órdenes, ejecución, gestión discrecional de carteras y asesoramiento en materia de inversión y que no estén autorizadas a tener en depósito dinero o valores de clientes y que por esta razón no puedan hallarse en situación deudora respecto de dichos clientes. Tampoco será de aplicación a aquellas entidades que estén autorizadas únicamente a la gestión de sistema multilaterales de negociación.

  2. El apartado de la página web que contenga la información que regula la circular debe denominarse «Gobierno Corporativo y Política de Remuneraciones» y deberá disponerse de una forma completa, clara, comprensible y ser debidamente actualizada.

  3. La información que debe contener este apartado de la página web es, al menos, la siguiente (esta información, en caso de contenerse en otros apartados o estar disponible de forma gratuita en bases telemáticas de registros públicos, podrá ofrecerse mediante enlaces directos): (i) estatutos sociales; (ii) reglamentos y otras normas de organización de los órganos de gobierno y, en su caso, de las comisiones del consejo; (iii) estructura organizativa, líneas de responsabilidad y reparto de funciones; (iv) Criterios para la prevención de conflictos de intereses; (v) breve descripción de los procedimientos para la gestión de los riesgos; (vi)composición del Consejo de Administración e identificación de los consejeros ejecutivos, no ejecutivos e independientes, con indicación sobre si los nombramientos se han adoptado con informe favorable del Comité de Nombramientos o, en su caso, del Comité de Nombramientos y Remuneraciones; (vii) identificación de las personas que ejercen cargos de Presidente del Consejo y Consejero Delegado; (viii) composición de los Comités de Nombramientos, Remuneraciones (o Comité de Nombramientos y Remuneraciones), Riesgos y Auditoría (Comisión Mixta de Riesgos y Auditoría) incluyendo una descripción de las funciones atribuidas a cada uno; (ix) información sobre la remuneración total devengada en cada ejercicio económico por los miembros del Consejo de Administración, indicando la cifra total de la remuneración devengada y el desglose individualizado por conceptos retributivos con referencia al importe de los componentes fijos y dietas, así como a los conceptos retributivos de carácter variable;  esta información incluirá las retribuciones devengadas por los consejeros por su pertenencia a otras sociedades participadas o de grupo en las que actúe en representación del grupo; y (x) información sobre los procedimientos establecidos para asegurar la idoneidad de los consejeros, directores generales y asimilados, así como los mecanismos para cumplir con el régimen de incompatibilidades.

  4. El apartado de Gobierno Corporativo y Política de Remuneraciones debe ser accesible desde la página de inicio del sitio web, sin que se requiera la previa identificación del consultante, y los contenidos deben presentarse estructurados y jerarquizados de modo que se permita un acceso rápido y directo a cada uno de ellos.

  5. Los títulos serán claros, concisos y significativos y el lenguaje, adecuado, evitando en la medida de los posible el uso de tecnicismos y abreviaturas.

  6. Si la página web ofrece versiones para distintas plataformas (ordenador, tableta, teléfono móvil, etc.), sus contenidos y presentación deberán ser razonablemente homogéneos.

  7. Las entidades deberán garantizar la seguridad de la página web, la autenticidad y exactitud de la información y documentos publicados en ella, el acceso gratuito y la posibilidad de descargarlos e imprimirlos.

La circular entra en vigor el martes 19-12-2017, si bien las entidades dispondrán de un plazo de tres meses (hasta el 19-3-2018) desde la entrada en vigor para desarrollar las obligaciones relacionadas con la página web y la publicación de la información pertinente.

Finalmente, la circular incluye una modificación de la Circular 7/2008, que recoge las normas contables aplicables a las empresas de servicios de inversión y las sociedades gestoras de vehículos de inversión colectiva, para incorporar el nuevo tratamiento contable de los activos intangibles. Esta modificación será aplicable a los ejercicios iniciados a partir del 1-1―2017.