Las autoridades supervisoras europeas publican un informe sobre la supervisión de los servicios financieros transfronterizos  

 

10-07-2019 — AR/2019/047

Las autoridades europeas de supervisión han revisado la normativa vigente para detectar posibles problemas en la supervisión sobre todo de los servicios financieros transfronterizos. En una parte, debido al diverso grado de implantación de la normativa en cada Estado miembro, pero también por las relaciones entre las autoridades nacionales competentes de los países de origen y acogida en la prestación de los servicios transfronterizos. El informe promueve recomendaciones para las autoridades nacionales y para los legisladores europeos.

El comité conjunto de las autoridades supervisoras europeas, conformado por la Autoridad Bancaria Europea, la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación y la Autoridad Europea de Valores y Mercados (por sus siglas en inglés, EBA, EIOPA y ESMA, y conjuntamente, ESA) publicó un informe sobre la supervisión de los servicios financieros transfronterizos a minoristas el 9-7-2019.

El informe describe los principales problemas a los que se enfrentan las autoridades nacionales competentes (ACN) en la supervisión de los servicios financieros transfronterizos e identifica el marco jurídico actual  y, en particular, el marco jurídico de cooperación entre las propias ANC. Asimismo, el informe recoge una propuesta de principios generales para fomentar la cooperación entre autoridades y una serie de sugerencias y recomendaciones para los reguladores y las ANC.

Problemas a los que se enfrentan las ANC en la supervisión

Se han clasificado los problemas a los que se enfrentan las ANC en las siguientes tres categorías:

  1. Cuestiones institucionales y organizativas, como pueden ser el intercambio de información, las remisiones de notificaciones de pasaportes y la distribución de responsabilidades entre las ANC de origen y acogida.
  2. Cuestiones de supervisión y aplicación de la regulación, como las malas prácticas de comercialización transfronteriza de productos financieros complejos a clientes minoristas, o la prelación de la regulación nacional.
  3. Cuestiones de arbitraje regulatorio o gaps regulatorios, como las diferencias considerables de implementación de normativa europea en cada Estado miembro, que crean distintos grados de restricción o distintas condiciones para la prestación del mismo producto o servicio.

Cooperación entre las autoridades de origen y acogida

Como parte del ejercicio de revisión del marco legal, las ESA han revisado las directivas y reglamentos europeos, las directrices y los estándares técnicos, con el fin de identificar las disposiciones relacionadas con la cooperación entre la autoridad del país de origen y la del país de acogida.

La conclusión derivada de este análisis es que  ya  existen requerimientos vinculantes detallados sobre cooperación en la mayoría de los estados miembros y en los textos europeos mencionados. Sin embargo, se pueden  desarrollar más requerimientos de cooperación sobre conducta empresarial y protección de los consumidores.

Por otro lado,  proponen una serie de principios generales para fomentar la cooperación entre la autoridad competente del país de origen y la del país de acogida.

Recomendaciones a las ANC y a los legisladores europeos

Por último, tras las conclusiones, las ESA emiten una serie de recomendaciones para las ANC y los legisladores europeos, que identifican, entre otras, las responsabilidades de las autoridades competentes de los países de origen y de acogida, y proponen  modificar la legislación vigente y desarrollar nueva legislación que promueva el negocio transfronterizo, aumente la protección a los clientes, simplifique el marco legal y facilite la supervisión.