Publicados los reglamentos delegados que regulan los índices de referencia o benchmarks

07-11-2018 — AR/2018/082

Las normas técnicas de desarrollo del Reglamento (UE) 2016/1011 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los índices de referencia en los instrumentos financieros y en los contratos financieros o para medir la rentabilidad de los fondos de inversión (conocido como Benchmarks Regulation o BMR por sus siglas en inglés), se desarrollan en diez reglamentos delegados, que serán aplicables a partir del 25-1-2019.

El 5-11-2018 se publicaron en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) diez reglamentos delegados con las normas técnicas de desarrollo (RTS, por sus siglas en inglés) del Reglamento (UE) 2016/1011 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los índices utilizados como referencia en los instrumentos financieros y en los contratos financieros o para medir la rentabilidad de los fondos de inversión (conocido como Benchmarks Regulation o BMR por sus siglas en inglés).

Los diez reglamentos, con las normas técnicas de regulación, son los siguientes:

  1. Reglamento Delegado (UE) 2018/1637: sobre los procedimientos y las características de la función de vigilancia.
  2. Reglamento Delegado (UE) 2018/1638: con las destinadas a especificar la manera de garantizar que los datos de cálculo sean adecuados y verificables, así como los procedimientos internos de vigilancia y verificación de los contribuidores, de cuyo establecimiento deberán asegurarse los administradores de índices de referencia cruciales o significativos cuando los datos de cálculo los aporte una función operativa.
  3. Reglamento Delegado (UE) 2018/1639: las destinadas a especificar los elementos del código de conducta que deben elaborar los administradores de índices de referencia que se basan en datos de cálculo aportados por contribuidores.
  4. Reglamento Delegado (UE) 2018/1640: que especifican los requisitos de gobernanza y de control aplicables a los contribuidores supervisados.
  5. Reglamento Delegado (UE) 2018/1641: con las que concretan la información que han de facilitar los administradores de índices de referencia cruciales o significativos sobre la metodología utilizada para determinar el índice, la revisión interna y aprobación de la metodología y los procedimientos para realizar cambios sustanciales en ella.
  6. Reglamento Delegado (UE) 2018/1642: en el que se precisan los criterios que las autoridades competentes han de tener en cuenta al evaluar si los administradores de índices de referencia significativos deben aplicar determinados requisitos.
  7. Reglamento Delegado (UE) 2018/1643: con las destinadas a detallar el contenido de la declaración sobre el índice de referencia que debe publicar su administrador, y los casos en los que se requieren actualizaciones.
  8. Reglamento Delegado (UE) 2018/1644: con las que determinan el contenido mínimo de los convenios de cooperación con las autoridades competentes de terceros países cuyos marcos jurídicos y prácticas de supervisión hayan sido reconocidos como equivalentes.
  9. Reglamento Delegado (UE) 2018/1645: con las relativas a la forma y el contenido de la solicitud de reconocimiento ante la autoridad competente del Estado miembro de referencia y de la información presentada en la notificación a la Autoridad Europea de Valores y Mercados.
  10. Reglamento Delegado (UE) 2018/1646: sobre la información que se ha de facilitar en la solicitud de autorización y en la solicitud de inscripción registral.

Todos los reglamentos serán aplicables a partir del 25-1-2019.