Cuenta atrás para presentar a la CNMV el nuevo estado reservado de prevención del blanqueo

31-10-2025 — AR/2025/102

El nuevo estado entra en vigor al inicio de 2026, tiene periodicidad anual y hay que presentarlo dentro del mes de enero del ejercicio siguiente al que se refiere, por tanto antes del 31-1-2026.

La Circular 2/2025 de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), promulgada el 24-4-2025, introdujo un nuevo estado reservado, que denominó «BCFT1», sobre prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo (PBCyFT), que:

  • busca reforzar la supervisión de la CNMV en esta materia;
  • tiene carácter anual, con fecha de referencia al 31 de diciembre y debe presentarse antes de finalizar enero del año siguiente;
  • entrará en vigor en enero de 2026 y el primero ha de presentarse antes del 31-1-2026.

Entidades que han de presentar el nuevo estado

El nuevo estado tiene que presentarlo:

  • empresas de servicios de inversión (excepto las de asesoramiento financiero y las sucursales de entidades de la Unión Europea [UE]);
  • sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva y de entidades de inversión colectiva de tipo cerrado (salvo sucursales de gestoras de la UE), y
  • proveedores de servicios de criptoactivos, cuando así lo requiera la CNMV.

Contenido del estado

El nuevo estado recoge información sobre la estructura y los procedimientos internos de las entidades en esta materia. Entre ella:

  • la clasificación de clientes por riesgo y las variaciones durante el ejercicio;
  • la operativa de ingresos y retiradas de fondos, valores o criptoactivos;
  • las comunicaciones por indicio al SEPBLAC (Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias);
  • las acciones formativas internas, o
  • la autoevaluación del riesgo y medidas de mitigación aplicadas.

Acciones para preparar el estado

A tres meses del plazo máximo para presentar este nuevo estado con los datos del 2025, se requieren tareas previas como:

  • revisar que se disponen de los datos requeridos y que los sistemas internos permiten capturarlos,
  • verificar la coherencia entre los procedimientos internos y los datos que se incluyan, y
  • coordinar lo necesario para asegurar la presentación del nuevo estado a tiempo.