Cuenta atrás para presentar a la CNMV el nuevo estado reservado de prevención del blanqueo
31-10-2025 — AR/2025/102
El nuevo estado entra en vigor al inicio de 2026, tiene periodicidad anual y hay que presentarlo dentro del mes de enero del ejercicio siguiente al que se refiere, por tanto antes del 31-1-2026.
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La Circular 2/2025 de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), promulgada el 24-4-2025, introdujo un nuevo estado reservado, que denominó «BCFT1», sobre prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo (PBCyFT), que:
- busca reforzar la supervisión de la CNMV en esta materia;
- tiene carácter anual, con fecha de referencia al 31 de diciembre y debe presentarse antes de finalizar enero del año siguiente;
- entrará en vigor en enero de 2026 y el primero ha de presentarse antes del 31-1-2026.
Entidades que han de presentar el nuevo estado
El nuevo estado tiene que presentarlo:
- empresas de servicios de inversión (excepto las de asesoramiento financiero y las sucursales de entidades de la Unión Europea [UE]);
- sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva y de entidades de inversión colectiva de tipo cerrado (salvo sucursales de gestoras de la UE), y
- proveedores de servicios de criptoactivos, cuando así lo requiera la CNMV.
Contenido del estado
El nuevo estado recoge información sobre la estructura y los procedimientos internos de las entidades en esta materia. Entre ella:
- la clasificación de clientes por riesgo y las variaciones durante el ejercicio;
- la operativa de ingresos y retiradas de fondos, valores o criptoactivos;
- las comunicaciones por indicio al SEPBLAC (Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias);
- las acciones formativas internas, o
- la autoevaluación del riesgo y medidas de mitigación aplicadas.
Acciones para preparar el estado
A tres meses del plazo máximo para presentar este nuevo estado con los datos del 2025, se requieren tareas previas como:
- revisar que se disponen de los datos requeridos y que los sistemas internos permiten capturarlos,
- verificar la coherencia entre los procedimientos internos y los datos que se incluyan, y
- coordinar lo necesario para asegurar la presentación del nuevo estado a tiempo.
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