El Consejo de la Unión Europea actualiza la lista de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales
19-10-2023 — AR/2023/120
El Consejo Europeo actualiza periódicamente esta lista con los países no cooperadores a efectos fiscales.
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La lista de países y territorios no cooperadores en cuestiones fiscales surge a iniciativa del Consejo de la Unión Europea en respuesta a las propuestas de lucha contra la evasión fiscal de la Comisión Europea y a la revelación de los «papeles de Panamá» en abril de 2016.
El Consejo ha actualizado esta lista, el 17-10-2023, que entra en vigor ese mismo día y sustituye a la anterior, de febrero de este año.
La lista actualizada incluye nuevos países y territorios que no han adquirido el compromiso suficiente en la prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo y, por ello, los considera países de alto riesgo en esta materia.
Nuevos países incluidos en la lista
La nueva lista la componen los siguientes países y territorios, entre los que resaltamos en negrita los incluidos en esta actualización:
- Samoa Americana.
- Antigua y Barbuda.
- Anguila.
- Bahamas.
- Belice.
- Fiyi.
- Guam.
- Palaos.
- Panamá.
- Rusia.
- Samoa.
- Seychelles.
- Trinidad y Tobago.
- Islas Turcas y Caicos.
- Islas Vírgenes de los Estados Unidos.
- Vanuatu.
Observaciones a la lista
Este nuevo listado de paraísos fiscales, con respecto al anterior:
- añaden a Antigua y Barbuda, Belice y Seychelles, y
- elimina las Islas Vírgenes Británicas, las Islas Marshall y Costa Rica.
Para no figurar en esta lista, los países o territorios han de respetar una serie de criterios objetivos de buena gobernanza fiscal, en particular en relación con la transparencia fiscal, la equidad fiscal y la aplicación de las normas internacionales concebidas para prevenir la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios.
Los sujetos obligados por el reglamento de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo1 deben considerar los países y territorios no cooperadores como países de riesgo (artículo 22 del reglamento citado).