El Gobierno publica un real decreto que modifica la normativa de prevención de blanqueo y de la financiación del terrorismo
01-04-2026 — AR/2026/039
Esta norma incluye un paquete de medidas entre las que da una nueva redacción al artículo 42 de la Ley 10/2010, sobre prevención de esos delitos.
- Compartir
- Correo electrónico
El Gobierno ha publicado, el 20-03-2026, el Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio.
Este plan incluye, entre la serie de medidas aprobadas, la modificación del artículo 42 de la Ley 10/2010,1 sobre sanciones y contramedidas financieras internacionales.
A continuación resumimos ese cambio.
Nueva redacción del artículo 42 de la Ley 10/2010
La nueva redacción de este artículo introduce las siguientes principales novedades:
- Los obligados por la Ley 10/2010 deben implantar políticas y procedimientos adecuados, incluyendo la evaluación de los riesgos de evasión y la falta de aplicación de las obligaciones sobre sanciones financieras, para mitigarlos proporcionalmente.
- Las sanciones financieras consistentes en la congelación, bloqueo o prohibición de puesta a disposición de fondos y otros activos, recursos económicos o servicios financieros serán de aplicación con efectos inmediatos desde que se emitan.
- En el caso de las medidas restrictivas provenientes de resoluciones del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, su obligatoriedad se prolongará hasta que las trasponga el reglamento correspondiente de la Unión Europea.
- Si no se promulga norma por la Unión Europea en el plazo de un mes, el mantenimiento de la obligación requerirá resolución de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.
- Este mismo organismo podrá fijar protocolos con requisitos de actuación de empresas o entidades que, sin estar directamente sancionadas, lo estén por tener la propiedad o el control de una sancionada, con el fin de que puedan seguir ejerciendo su actividad ordinaria.
- Estos protocolos requerirán de mecanismos que aseguren que no se ponen activos financieros o recursos a disposición de personas o entidades designadas.
- Una persona independiente tendrá que certificar que se cumplen estos requisitos.
Nota final
Las modificaciones están en vigor desde el 21-3-2026.