El Ministerio de Hacienda inicia la consulta pública previa a la trasposición de la DAC 8
15-03-2024 — AR/2024/021
Con esta actualización de las obligaciones de cooperación fiscal, los legisladores quieren seguir avanzando en el intercambio internacional de información fiscal, mejorar los actuales mecanismos y ampliar la información intercambiada, como principal mecanismo de la lucha contra el fraude.
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El Ministerio de Hacienda y Función Pública ha anunciado, el 4-3-2024, la consulta pública previa a la trasposición al Derecho español de la Directiva UE 2023/2226,1 conocida como DAC 8, (de directive on administrative cooperation), que actualiza la Directiva 2011/16/UE2 sobre la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad.
Resumimos la finalidad de la consulta.
Contenido de la consulta
El documento a consulta, disponible en la página web del ministerio, no es el texto del proyecto normativo de trasposición, sino que pide opinión sobre los objetivos que pretende abordar la futura norma, que son:
- Obligaciones de comunicación de información y diligencia debida para los proveedores de servicios de criptoactivos y consiguiente intercambio automático de información sobre las operaciones.
- Estos requerimientos se basan, sobre todo, en las obligaciones contenidas en el «Crypto Asset Reporting Framework» (conocido como CARF), elaborado por la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos).
- Ampliación de las obligaciones ya existentes de comunicación de información sobre cuentas financieras.
- Estas obligaciones las introdujo en 2014 la DAC 23 y se basan en el «Common Reporting Standard” (CRS), también elaborado por la OCDE.
Período de consulta
Se pueden aportar respuestas a la consulta desde el 5 al 22-3-2024, remitiendo un mensaje de correo electrónico a la dirección que indica la web del ministerio.
Normas de la trasposición
Según expone el anuncio, la trasposición de la directiva se materializará con la modificación de las siguientes normas:
- Ley 58/2003, General Tributaria,4
- Reglamento general de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria,5 y
- Real Decreto 1021/2015,6 sobre la identificación de la residencia fiscal de los titulares de cuentas financieras.