El nuevo reglamento de ciberresiliencia recopila los requisitos para los productos digitales
27-11-2024 — AR/2024/097
Este reglamento completa la principal normativa de ciberseguridad de la Unión Europea y detalla las obligaciones con los productos con componentes digitales y las sanciones por el incumplimiento de esas obligaciones.
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El Reglamento (UE) 2024/2847,1 conocido como reglamento de ciberresiliencia (o Cyber Resilience Act) y, promulgado el 20-11-2024, busca fortalecer la seguridad de los productos digitales, incluyendo hardware y software, dentro del mercado europeo.
Su objetivo es fijar requisitos claros de ciberseguridad para reducir vulnerabilidades y prevenir ciberataques que puedan comprometer la privacidad, la seguridad y la confianza de los consumidores.
Este reglamento, junto con la directiva NIS,2 componen la principal normativa de ciberseguridad de la Unión Europea (UE).
Resumimos a continuación los aspectos principales del reglamento.
Ámbito de aplicación
El nuevo reglamento se aplicará a todos los productos que tengan conexión, directa o indirecta, con otros dispositivos o redes, excepto a los que ya están regulados por normativas específicas, como los dispositivos médicos, las aeronaves y los vehículos.
Obligaciones de los fabricantes
Resaltamos las principales:
- Evaluar la conformidad para demostrar que sus productos cumplen con los requisitos esenciales de ciberseguridad recogidos en el reglamento, incluyendo una evaluación de conformidad que puede estar basada en:
- el aseguramiento de la calidad total, que implica disponer de un sistema de gestión de la calidad que asegure la conformidad continua del producto, o
- evaluaciones específicas, es decir, procedimientos que se centran en aspectos particulares del producto o en la verificación de requisitos específicos.
- Elaborar una declaración de conformidad para certificar que el producto cumple con los requisitos aplicables, mantenerla actualizada y disponible para las autoridades de vigilancia del mercado durante al menos diez años.
- Marcar con la etiqueta «CE» los productos que cumplan con los requisitos, para indicar la conformidad con la normativa de la UE.
- Gestionar las vulnerabilidades, que incluye identificar, informar y corregir cualquier vulnerabilidad que se descubra en los componentes del producto.
- Mantener la documentación técnica que respalde la conformidad del producto y la declaración de conformidad; esta documentación debe incluir:
- descripciones de los procedimientos de evaluación,
- resultados de las pruebas y análisis realizados, e
- información sobre el diseño y la producción del producto.
- Ejercer la diligencia debida para asegurar que los productos en producción en serie mantengan su conformidad con el reglamento, considerando cambios en el desarrollo, producción y normativas aplicables.
- Mantener las obligaciones cuando modifica sustancialmente el producto, es decir, cumplir con las obligaciones de conformidad respecto a la parte afectada o al producto en su totalidad si la modificación afecta a la ciberseguridad.
- Informar de las vulnerabilidades aprovechadas activamente y de los incidentes graves con repercusiones en la seguridad de un producto con elementos digitales a:
- el equipo de respuesta a incidentes de seguridad informáticos (o CSIRT, en siglas inglesas; véase www.csirt.es), y
- la Agencia de la Unión Europea para la Ciberseguridad (ENISA, en siglas inglesas; véase www.enisa.europa.eu).
- Dar soporte efectivo a las vulnerabilidades durante todo el ciclo de vida del software o durante 5 años.
Posibles sanciones
Resaltamos las siguientes:
- Multas de hasta 15 millones de euros o, si es una empresa, de hasta el 2,5 % del volumen de negocio total anual mundial, a los fabricantes que incumplan los requisitos esenciales de ciberseguridad.
- Multas de hasta 10 millones de euros o, si es una empresa, de hasta el 2 % del volumen de negocio total anual mundial cuando incumplan sus obligaciones:
- los representantes autorizados de los fabricantes,
- los importadores,
- los distribuidores,
- los encargados de la declaración UE de conformidad,
- los del marcado CE,
- los responsables de elaborar la documentación técnica y
- los que evalúan la conformidad.
- Multas de hasta 5 millones de euros o, si es una empresa, de hasta el 1 % del volumen de negocio total anual mundial, por presentar información incorrecta, incompleta o engañosa a organismos notificados y a las autoridades de vigilancia del mercado.
Entrada en vigor
El reglamento será aplicable:
- de forma general, desde el 11-12-2027;
- desde el 11-9-2026, lo relativo a las obligaciones de información de los fabricantes, y
- desde el 11-6-2026, lo relativo a la notificación de los organismos de evaluación de la conformidad.
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