El Parlamento Europeo adopta el reglamento para una cartera de identidad digital

06-03-2024 — AR/2024/017b

Este nuevo reglamento modifica el reglamento sobre identificación electrónica y servicios de confianza, conocido como eIDAS, para potenciar su uso.

La prestación de servicios públicos y privados se ha vuelto cada vez más digital, sobre todo desde la pandemia de la COVID 19.

Las soluciones de cartera digital existentes permiten a los usuarios almacenar y vincular datos en un entorno único y sin fisuras en sus teléfonos móviles. Sin embargo, según la Comisión, esta ventaja tiene el coste de la pérdida de control sobre los datos personales y el riesgo de la desconexión de una identidad física verificada, que hacen más difícil mitigar las amenazas de fraude y ciberseguridad.

El 8-11-2023, el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea acordaron la propuesta de reglamento sobre la identidad digital europea (eIDAS 2) que se encuadra en el programa político de la Década Digital para 2030,

El 29-2-2024, los ministros de la Unión Europea adoptaron un nuevo reglamento para establecer un nuevo marco para la identidad digital europea (eIDAS2), que modifica el reglamento sobre identificación electrónica y servicios de confianza,1 también conocido como eIDAS.

Contenido

La cartera (wallet) de la UE permitirá a los ciudadanos:

  • autenticar su identidad,
  • acceder a servicios públicos y privados, y
  • almacenar, compartir y firmar electrónicamente documentos,

todo ello sin recurrir a proveedores comerciales.

Su uso será voluntario. En este sentido, los eurodiputados incluyeron disposiciones para salvaguardar los derechos de los ciudadanos y fomentar un sistema digital inclusivo, pero que impida la discriminación contra las personas que no usen la billetera digital.

El reglamento prevé:

  • firmas electrónicas cualificadas gratuitas, que son las más confiables y tienen el mismo valor jurídico que una firma manuscrita, e
  • interacciones de cartera a cartera, para mejorar la fluidez de los intercambios digitales.

Los eurodiputados también han exigido una cartera de código abierto para fomentar la transparencia, la innovación y mejorar la seguridad, y el registro y la supervisión de las empresas implicadas para lograr la trazabilidad y la rendición de cuentas.

A través del llamado «panel de privacidad», los usuarios tendrán el control de sus datos y podrán solicitar su eliminación, como recoge la normativa de protección de datos.

Próximos pasos

Tras la aprobación del Parlamento, el Consejo debe respaldarlo formalmente para su promulgación.


1 Reglamento (UE) n.º 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior y por la que se deroga la Directiva 1999/93/CE.