El Parlamento Europeo aprueba la reforma del reglamento de inteligencia artificial como parte del paquete «ómnibus digital»
22-06-2026 — AR/2026/070
El Parlamento Europeo ha aprobado la modificación de determinadas disposiciones del reglamento de inteligencia artificial, sobre todo para retrasar la entrada en vigor de algunas de ellas.
- Compartir
- Correo electrónico
El Parlamento Europeo ha aprobado la modificación de determinadas disposiciones del Reglamento (UE) 2024/1689,1 conocido como reglamento de inteligencia artificial, como parte del paquete «ómnibus digital».
También publicó, el 16-6-2026, una nota de prensa en la que resalta que estas medidas de simplificación buscan apoyar a las empresas en el cumplimiento de este reglamento, y recuerda que la mayoría de las disposiciones de este entran en vigor el 2-8-2026.
Recordamos a continuación las modificaciones aprobadas.
Nuevos plazos
- Las obligaciones de los sistemas de inteligencia artificial (IA) de alto riesgo serán exigibles:
- desde el 2-12-2027 para los sistemas independientes, en lugar del plazo original del 2-8-2026, y
- desde el 2-8-2028 para los sistemas integrados como componentes de seguridad y cubiertos por legislación sectorial de la Unión Europea (UE) sobre seguridad y vigilancia del mercado, en lugar del plazo original del 2-8-2027.
- Las obligaciones de marcado y etiquetado de los contenidos generados por IA quedan aplazadas hasta el 2-12-2026, en lugar del 2-8-2026.
- Desde esa fecha, el contenido generado por IA deberá etiquetarse de forma legible por máquina para aumentar la transparencia.
Prohibición de determinadas aplicaciones
Quedan prohibidos los sistemas de IA que:
- generen material de abuso sexual infantil o
- creen imágenes, vídeos o audios que representen partes íntimas de una persona identificable, o actividades sexualmente explícitas, sin su consentimiento.
La prohibición alcanza:
- a los proveedores que introduzcan estos sistemas en el mercado de la UE, salvo que incorporen garantías técnicas adecuadas para impedir la creación de ese material, y
- a los responsables del despliegue que los utilicen con esa finalidad. Para ello, las empresas dispondrán hasta el 2-12-2026 para adaptar sus sistemas.
Cambios adicionales
Son, en síntesis, los siguientes:
- Elimina los requisitos sobre IA para productos de maquinaria y aclara qué elementos quedan incluidos en el concepto de “componente de seguridad”.
- Permite tratar los datos personales cuando sea estrictamente necesario para detectar y corregir sesgos, con garantías adecuadas, sea en sistemas de alto riesgo o no.
- Extiende a las pequeñas empresas de mediana capitalización determinadas exenciones previstas para pequeñas y medianas empresas (pymes) y simplifica la supervisión de ciertos sistemas de IA de uso general por Oficina de Inteligencia Artificial de la Unión Europea.
Próximos pasos
Para que esta reforma entre en vigor, es necesario que el Consejo de la UE la adopte formalmente.
Iniciativas relacionadas
Alertas Relacionadas
-
El Parlamento Europeo propone aplazar la aplicación de parte del reglamento de inteligencia artificial y vetar los falsos desnudos
07-04-2026—AR/2026/041 -
El CEPD y el SEPD emiten un dictamen conjunto sobre la propuesta del «reglamento ómnibus digital»
13-02-2026—AR/2026/015 -
La Comisión Europea lanza su propuesta de reglamento «ómnibus digital»
28-11-2025—AR/2025/112