El Reglamento del Sistema Nacional de Compensación Electrónica se actualiza por la entrada en vigor de PSD 2

23-07-2018 — AR/2018/059

El BOE publica el nuevo Reglamento del Sistema Nacional de Compensación Electrónica (SNCE), de acuerdo con la PSD 2, que modifica el sistema de garantías para dotarle de mayor proporcionalidad respecto al riesgo. Las modificaciones no afectan a los criterios generales de acceso al SNCE, que remite a la Ley 41/1999, de 12 de noviembre, sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores.

El 16-7-2018 se publicó en el BOE el nuevo Reglamento del Sistema Nacional de Compensación Electrónica (SNCE), que entró en vigor al día siguiente, para responder al nuevo contexto introducido por la Directiva (UE) 2015/2366, del Parlamento y del Consejo de 25 de noviembre de 2015, sobre servicios de pago en el mercado interior (PSD 2I).

Este nuevo reglamento, elaborado por la Sociedad Española de Sistemas de Pago, S. A. (Iberpay), modifica el sistema de garantías, que hasta ahora se ha basado en un mecanismo de reparto lineal de pérdidas entre todos los participantes directos, con objeto de dotarle de mayor proporcionalidad respecto al riesgo concreto que cada participante directo introduce en el sistema, teniendo en cuenta su nivel de actividad, así como de rebajar dicho riesgo al utilizar procedimientos de liquidación de TARGET2 que se basan en la provisión previa de fondos.

La PSD II, con su clara finalidad dinamizadora, hace necesario preparar al SNCE. De esta manera, el avance tecnológico y la innovación en el ámbito de los pagos requieren actualizar su reglamento para que los nuevos servicios, procedimientos y funcionalidades prestados por el SNCE estén adecuadamente amparados desde el punto de vista normativo.

Las modificaciones introducidas en el reglamento no afectan a los criterios generales de acceso al SNCE, en los cuales el reglamento se remite a la Ley 41/1999, de 12 de noviembre, sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores. Por ello, para dar acceso al SNCE a las entidades de pago y a las entidades de dinero electrónico, será necesario modificar la Ley 41/1999, tal y como está previsto en el borrador de transposición de PSD 2.