El SEPBLAC requiere recibir todos los IBAN asociados a una cuenta

16-05-2024 — AR/2024/041

Lo hace modificando el procedimiento técnico de declaraciones al fichero de titularidades financieras para que las entidades obligadas declaren todos los IBAN asociados a una misma cuenta.

El Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC), como responsable del fichero de titularidades financieras (FTF), ha anunciado, el 8-5-2024, que los sujetos obligados deben declarar a este fichero todos los IBAN de una cuenta.

Fichero de titularidades financieras

El SEPBLAC explica en su web que este fichero:

  • es de carácter administrativo,
  • se crea para prevenir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo,
  • es un instrumento de investigación financiera al registrar los datos de determinados tipos de productos financieros y sus intervinientes.

Las entidades declarantes a este fichero —entidades de crédito, entidades de dinero electrónico y entidades de pago, y sus sucursales en España— han de comunicar, según marca la Ley 10/20101 y su normativa de desarrollo:

  1. la apertura o cancelación de:
    • cuentas corrientes,
    • cuentas de ahorro,
    • depósitos a plazo,
    • cualquier otro tipo de cuentas de pago,
    • cuentas de valores,
    • alquiler de cajas de seguridad (y su período de arrendamiento), y
  2. los intervinientes en estos contratos.

Novedades en la declaración para el fichero

Entiende el SEPBLAC que la comercialización y el uso de cuentas con más de un IBAN pueden aumentar el riesgo de blanqueo de capitales, pues rebaja la transparencia en la trazabilidad de las operaciones y en el conocimiento de otros intervinientes en ellas, como del titular real o los que usen esos IBAN.

Por eso, ha modificado el procedimiento técnico de la declaración al fichero de forma que las entidades declarantes han de incluir todos los IBAN asociados a una cuenta.

Efectividad

Las entidades declarantes, según informa el Servicio, han recibido un procedimiento técnico para incorporar este cambio en la declaración mensual o complementaria.


1 Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.