La AMLA pone a consulta las normas técnicas para la base de datos sobre el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo
20-10-2026 — AR/2026/102
Esta iniciativa pretende facilitar el intercambio de información entre las autoridades supervisoras de los Estados miembros y la AMLA para disponer de una visión conjunta de los riesgos, deficiencias y actuaciones supervisoras en el conjunto de la Unión Europea.
- Compartir
- Correo electrónico
La Autoridad de Lucha contra el Blanqueo de Capitales y la Financiación del Terrorismo (ALBC o, en siglas inglesas, AMLA) ha puesto a consulta un proyecto de normas técnicas de regulación (NTR o RTS, en siglas inglesas) para desarrollar una base de datos centralizada de información supervisora en prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo (PBCyFT), de acuerdo con el artículo 11.6 del Reglamento (UE) 2024/1620.1
El proyecto no añade nuevas obligaciones a las personas obligadas, sino que determina:
- qué información deberán remitir las autoridades nacionales,
- con qué nivel de detalle,
- en qué plazos,
- bajo qué condiciones podrán compartirla, y
- en qué plazos —según el tipo de autoridad y los datos que remita— se implantarán las obligaciones de transmisión.
El plazo de consulta finaliza el 3-11-2026.
Resumimos a continuación los principales aspectos de este proyecto de normas técnicas.
Perfil de riesgo de las entidades obligadas
Las autoridades supervisoras han de transmitir a la AMLA la siguiente información individualizada de las entidades obligadas:
-
Datos identificativos, pertenencia a un grupo y, en su caso, participación en colegios de supervisores.
-
Evaluación del riesgo inherente de blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo.
-
Valoración de la calidad de los controles internos de PBCyFT.
-
Perfil de riesgo residual resultante de las evaluaciones supervisoras.
Sanciones, medidas administrativas y deficiencias de cumplimiento
Asimismo, las autoridades comunicarán las medidas administrativas, las sanciones pecuniarias y las multas coercitivas impuestas a las entidades obligadas.
Esta información, que tendrán que transmitir sin demora y, como máximo, en los 30 días hábiles siguientes a la imposición de la medida o sanción, ha de incluir:
- la naturaleza y gravedad de los incumplimientos,
- las áreas de PBCyFT afectadas,
- el estado de subsanación de las deficiencias,
- las actuaciones supervisoras que permitieron detectarlas y
- la posible repercusión transfronteriza.
Autorizaciones y evaluaciones de idoneidad
Los supervisores también comunicarán los informes o dictámenes que planteen preocupaciones desde la perspectiva de PBCyFT o contengan una valoración negativa referidos a los procedimientos de:
- autorización,
- retirada de autorización y
- evaluación de idoneidad de accionistas y de miembros de los órganos de administración.
Actuaciones supervisoras y características de las autoridades
La base de datos:
- recogerá información sobre las competencias, facultades, recursos y actividades de las autoridades supervisoras nacionales y los organismos autorreguladores, e
- incorporará datos sobre las actuaciones de supervisión, como naturaleza, alcance, fechas y, cuando corresponda, informes derivados de inspecciones temáticas.
Intercambio, confidencialidad y calidad de los datos
El proyecto regula las solicitudes adicionales de información de la AMLA y las condiciones para compartir los datos contenidos en la base.
En este sentido, prevé que el intercambio dentro del sistema europeo de supervisión de PBCyFT pueda realizarse sin autorización previa de la autoridad que proporcionó los datos, mientras que la comunicación a otras personas requerirá, con carácter general, consentimiento previo, salvo las excepciones legalmente previstas.