La CNMV actualiza los documentos de preguntas y respuestas sobre MiFID II y PRIIP

17-07-2018 — AR/2018/056

La CNMV actualiza los documentos de preguntas y respuestas sobre MiFID II y sobre PRIIP, sobre gobierno de producto, incentivos, conflictos de intereses y agentes, información sobre la entidad y los servicios, sobre productos,  sobre costes y gastos, información periódica sobre gestión de carteras, y  dos nuevos ámbitos, respecto a la versión anterior, sobre los requisitos organizativos y el alcance de la aplicación de MiFID II a las gestoras de IIC, la obligación de proporcionar un KID al cliente minorista antes de la venta en los casos en que el productor del PRIIP sea de un país no perteneciente a la UE.

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) actualizó el 15-7-2018 los documentos de preguntas y respuestas sobre MiFID II y sobre PRIIP.

Documento de preguntas y respuestas sobre MiFID II

El documento incluye nuevas aclaraciones y criterios sobre los siguientes ámbitos:

  1. Obligaciones de gobierno de producto: aplicación de las obligaciones de los fabricantes a las SGIIC cuando presten algún servicio de inversión en relación con algunas de las IIC que gestiona.
  2. Incentivos: aplicación de las normas sobre incentivos a las SGIIC que presten servicios de inversión sobre IIC de terceros, aplicación del régimen de incentivos a partir de la entrada en vigor de MiFID II en relación a los pagos de terceros procedentes de posiciones que provengan de operaciones realizadas antes del 3-1-2018, aclaración sobre el régimen de incentivos en la prestación del servicio de gestión de carteras que incluya IIC cuando exista un modelo de distribución con integración vertical, y consideración como incentivos de las platform fees recibidas por entidades que actúan como plataforma de las SGIIC.
  3. Conflictos de intereses y agentes: aclaración sobre la posibilidad de establecer un esquema de remuneración 100 % variable para los agentes vinculados e introducción de ciertos criterios de cómo debe fijarse su retribución.
  4. Información sobre la entidad y los servicios: aplicación de la obligación de información sobre la entidad y sus servicios a la comercialización de instrumentos financieros y, en particular, a los casos de “solo ejecución”, y aplicación de la prohibición de fijar la remuneración en función de objetivos de venta a la actividad de asesoramiento y comercialización de instrumentos financieros de una SGIIC.
  5. Información sobre productos: se reitera que no existe obligación de información sobre los instrumentos financieros en el caso del servicio de gestión discrecional de carteras, aplicación del principio de proporcionalidad al contenido de la información sobre los instrumentos financieros y la posibilidad de limitarlo con las contrapartes elegibles. Asimismo se incluye aclaración sobre la suficiencia de la entrega del DFI, sin necesidad de completarlo con escenarios y el modo de informar sobre el riesgo de bail-in de las acciones.
  6. Información sobre costes y gastos: aclaración sobre la suficiencia de la información del KID de PRIIP, sobre la metodología de cálculo para los costes de transacción de las IIC y sobre la aplicación de las obligación de información anual ex post en el caso de comercialización de IIC por la SGIIC. Asimismo, prevé la posibilidad de limitar el contenido e informar ex-ante de costes y gastos a contrapartes elegibles a través de una página web, y  la imposibilidad de limitar el alcance de la información ex post a los clientes de gestión de carteras. Por último, se incluyen aclaraciones sobre el envío de la información cuando  finaliza la relación con el cliente y sobre la información que debe proporcionarse cuando únicamente se presta el servicio de asesoramiento.
  7. Información periódica sobre gestión de carteras: aclaración sobre la imposibilidad de acordar la no aplicación o la aplicación limitada de la información periódica a las contrapartes elegibles, a los que no se les puede prestar este servicio y a clientes profesionales; confirmación del establecimiento del 10 % del valor de la cartera frente al 25 % (norma 9.ª de la Circular 7/2011), y aclaración sobre la entidad encargada de facilitar la información sobre la depreciación del 10 % o múltiplos de las posiciones en instrumentos financieros apalancados u operaciones de pasivos contingentes.
  8. Registros mínimos: resolución de dudas sobre contenido del registro “Obligación respecto de los servicios prestados a los clientes”.
  9. Conocimientos y competencia de los empleados: clarificación de los criterios que deben tenerse en cuenta para considerar que el personal relevante cuenta con la necesaria cualificación, aclaraciones sobre la necesidad de que existan exámenes presenciales, sobre la validez de los títulos emitidos con anterioridad a enero de 2018, sobre la formación continuada y sobre la aplicación de dichas obligaciones a las sucursales de entidades extranjeras.

Asimismo, se incluyen dos nuevos ámbitos, respecto de la anterior versión del documento, sobre (i)los requisitos organizativos, y en concreto, a los principios de autoridad e independencia que debe observar la función de cumplimiento normativo, y (ii) al alcance de la aplicación de MiFID II a las gestoras de IIC en la comercialización de IIC (propias o de terceros).

Documento de preguntas y respuestas sobre PRIIP 

El documento incluye una única pregunta y respuesta sobre las obligaciones del distribuidor, en la que la CNMV confirma la obligación de proporcionar un KID al cliente minorista antes de la venta en los casos en que el productor del PRIIP sea de un país no perteneciente a la Unión Europea.