La CNMV comunica a los prestadores de servicios sobre criptoactivos la obligación de reportar operaciones ejecutadas y sospechosas
05-05-2025 — AR/2025/062
Las entidades que presten servicios sobre criptoactivos informarán a la CNMV mensualmente de las operaciones ejecutadas con las operaciones habituales con criptoactivos, por cuenta propia o de clientes, y las que consideren sospechosas de abuso de mercado.
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La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) comunicó, el 9-4-2025, a las entidades que prestan servicios sobre criptoactivos, según el reglamento MiCA,1 la obligación de informar sobre las operaciones ejecutadas y sospechosas.
Este requerimiento no está regulado directamente por el reglamento citado. No obstante, las autoridades nacionales competentes pueden «exigir a cualquier persona la entrega de información y los documentos que […] consideren podrían ser pertinentes para el desempeño de sus funciones»,2 para la prevención y prohibición del abuso de mercado de criptoactivos.
Resumimos a continuación lo esencia de esta nueva comunicación
Comunicación mensual de operaciones ejecutadas
Entidades afectadas
Tendrán que comunicar las operaciones ejecutadas las entidades que presten servicios sobre criptoactivos, es decir:
- entidades financieras que hayan comunicado a la CNMV su intención de prestar estos servicios, y
- proveedores de servicios de criptoactivos autorizados por la CNMV.
Los servicios sobre criptoactivos a los que se refiere son:
- canje de criptoactivos por fondos o por otros criptoactivos;
- ejecución de órdenes sobre criptoactivos;
- recepción y transmisión de órdenes sobre criptoactivos;
- gestión de carteras de criptoactivos;
- servicios de transferencia de criptoactivos, y
- negociación de criptoactivos por cuenta propia.
Operaciones que hay que comunicar
Las operaciones sobre criptoactivos de las que hay que informar mensualmente son las ejecutadas por cuenta propia o de clientes.
Se comunican en dos archivos con unos campos y formatos específicos que recoge el anexo a la comunicación de la CNMV:
- «TOTAL»: incluye el detalle de todas las operaciones ejecutadas (45 campos).
- «ONCHAIN»: incluye información adicional para las operaciones recogidas en el anterior que se hayan ejecutado en una red de registros distribuidos (13 campos).
Plazo y forma de presentación
El informe mensual hay que enviarlo a la CNMV antes del día 15 de cada mes (o el hábil siguiente) con datos del mes anterior:
- a través de la zona abierta de la CNMV (mediante el trámite «cualquier escrito, solicitud o comunicación dirigido a la CNMV» indicando en el asunto «TR MiCA»), temporalmente, y
- con la solución definitiva que indique la CNMV, cuando la tenga preparada.
Comunicación de operaciones sospechosas
Hay que informar también de las operaciones que las entidades consideren sospechosas de abuso de mercado.
Esta comunicación incluirá los aspectos significativos de la operación y los datos de contacto en la entidad remitente para poder recabar información adicional.
Este envío será por correo electrónico a la dirección <STOR_MICA@cnmv.es>.