La CNMV manifiesta su preocupación por los casos de presuntas prácticas irregulares de las sociedades cotizadas

11-12-2019 — AR/2019/070

La CNMV emitió, el 25-11-2019, un comunicado a raíz de los casos de presuntas prácticas irregulares conocidos en los últimos meses que han afectado a algunas sociedades cotizadas. El supervisor recuerda las medidas que establece la normativa vigente para prevenir y frenar esas prácticas y, además, estudia la posibilidad de modificar ciertas recomendaciones del «Código de buen gobierno de sociedades cotizadas».

 

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) publicó, el 25-11-2019, un comunicado dirigido a las sociedades cotizadas y demás emisores de valores españoles para promover la transparencia y el buen gobierno. Lo hace ante los casos de presuntas prácticas irregulares en algunas sociedades cotizadas, conocidos en los últimos meses, y la repercusión en la imagen y reputación del mercado de valores español.

El comunicado recuerda a las empresas cotizadas y a los demás emisores de valores lo siguiente:

El gobierno corporativo

Los órganos de gobierno deben establecer políticas y controles adecuados para impedir o reducir al máximo la corrupción y otras prácticas irregulares. Estas políticas y controles  han de identificar, evaluar, gestionar y controlar los riesgos y los potenciales impactos asociados a esas prácticas, y asegurarse de que se aplican con el máximo rigor.

Asimismo, sin perjuicio de la responsabilidad del consejo de administración, el comunicado destaca la importancia de la implicación de la comisión de auditoría en la supervisión de la eficacia de la auditoría y control internos.

Menciona, además, la función de contrapeso de los consejeros independientes y demás externos con respecto a los consejeros ejecutivos, y el papel relevante de aquellos en los consejos de administración de las sociedades cotizadas.

La transparencia ética

La normativa vigente también establece obligaciones de transparencia a las sociedades cotizadas, entre las que destacan dos:

  1. La obligación de describir en el estado de información no financiera (EINF) las políticas establecidas a estos efectos, sus resultados en cada ejercicio y los principales riesgos relacionados.
  2. El deber de las compañías que coticen en mercados regulados de hacer referencia en el informe anual de gobierno corporativo (IAGC) a los principales riesgos, incluidos los derivados de la corrupción, y a los que, en su caso, se hubieran materializado en el ejercicio.

La información incluida en ambos documentos:

  • debe ser suficiente para que el mercado y los inversores puedan entender el alcance y la importancia de los hechos y riesgos correspondientes;
  • debe incluirse en los primeros informes que se elaboren tan pronto como se hayan conocido los riesgos o las prácticas irregulares; en caso contrario, se incluirá en la primera declaración trimestral o en el informe de gestión de la primera información semestral que se publique, todo ello sin perjuicio de las responsabilidades que el retraso pueda ocasionar.

Esta información se incluirá, además, en los folletos informativos que los emisores publican para ciertas operaciones.

Modificación del código de buen gobierno

Con independencia de las obligaciones legales descritas, la CNMV valora reforzar las recomendaciones sobre estos aspectos en la revisión parcial del ‹Código de buen gobierno de las sociedades cotizadas».

Las recomendaciones que se modificarían son las siguientes:

  • recomendación 22: situaciones que puedan afectar al crédito y reputación de la sociedad;
  • recomendación 42: funciones de la comisión de auditoría;
  • recomendación 45: política de control y gestión de riesgos;
  • recomendación 46: función interna de control y gestión de riesgos;
  • recomendación 53: supervisión por una comisión del consejo del cumplimiento de reglas de gobierno corporativo, de los códigos internos de conducta y otros aspectos.