La CNMV pone a consulta su propuesta de guía sobre evaluación de conocimientos y competencias del personal

24-04-2017 — AR/2017/049

La CNMV ha puesto en consulta su propuesta de guía técnica para la evaluación de los conocimientos y competencias del personal que informa y asesora, con los requisitos organizativos para la evaluación, conservación y actualización de los conocimientos y competencias. La propuesta permanece a consulta hasta el 10-5-2017 y será de aplicación a partir de enero de 2018.

La CNMV ha puesto en consulta, hoy, su propuesta de guía técnica para la evaluación de los conocimientos y competencias del personal que informa y asesora. En esta propuesta, la CNMV confirma que será de aplicación al personal relevante de las entidades que dan información o asesoran a clientes, incluyendo a los agentes y al personal que atienda a los clientes con contratos de gestión discrecional de carteras.

Respecto a los requisitos organizativos para la evaluación, conservación y actualización de los conocimientos y competencias, la CNMV propone que sea el órgano de administración o, tratándose de entidades de tamaño relevante, una comisión que pudiera constituirse al efecto (de la que en todo caso formarán parte al menos tres directivos de suficiente nivel), el responsable último de establecer los criterios en materia de cualificaciones y experiencia, y designará la unidad o unidades de la entidad o del grupo que serán los responsables de su aplicación. Asimismo, este órgano será responsable de establecer los procedimientos de control que aseguren el cumplimiento de los criterios fijados, control que se llevará a cabo por la unidad de Cumplimiento Normativo.

Se atribuye al propio consejo de administración (u órgano creado al efecto) la responsabilidad de garantizar que, cuando el personal no haya adquirido los conocimientos y competencias, no pueda prestar servicios, salvo que lo haga bajo un esquema de supervisión. En este sentido, la CNMV establece que el nivel y el alcance de la supervisión deberá ser coherente con la cualificación y la experiencia del empleado supervisado, y podrá consistir en una supervisión durante reuniones con clientes o referirse a otras formas de comunicación con los clientes, como llamadas telefónicas o correos electrónicos. Para ello el consejo deberá fijar las funciones de las personas que se encarguen de la supervisión.

En relación con el nivel de conocimientos y competencia y el contenido mínimo exigido para la formación, la CNMV, en línea con la directrices de la ESMA, diferencia entre el nivel requerido al personal que preste asesoramiento y al personal que únicamente proporcione información.

La función de Cumplimiento será la encargada de evaluar y revisar el cumplimiento por la entidad de su deber de asegurar que el personal posee los conocimientos y competencias, y de incluir el resultado de esta evaluación en su informe al consejo de administración.

Para justificar que un empleado cuenta con la necesaria cualificación, al menos se exigirá que:

  • sus conocimientos y competencias cubran el contenido mínimo establecido por la CNMV y la ESMA en sus directrices;
  • reciba o dedique un número mínimo de horas a actividades de formación, 80 horas por el personal que entrega información o 150 horas en el del personal que asesora;
  • la formación deberá ser tanto teórica como práctica;
  • la evaluación se podrá realizar por la propia entidad o por entidades externas;
  • la formación continuada que se exigirá al personal que informe y asesore sea de 20 y 30 horas anuales respectivamente, y podrá ser impartida por la propia entidad.

La CNMV hará público un listado de títulos o certificados impartidos por entidades especializadas que cubran los requisitos de la propuesta. Para su inclusión en este listado. las entidades interesadas deberán presentar la correspondiente solicitud en la CNMV. No obstante, las entidades financieras pueden optar por considerar adecuados otros títulos o certificados distintos de los incluidos en el listado de CNMV.

En cuanto al periodo mínimo para obtener la experiencia, la CNMV mantiene el propuesto por la ESMA: 6 meses en jornada completa, y en cuanto al periodo máximo en el que un empleado puede trabajar bajo supervisión, mantiene los 4 años.

La propuesta estará sometida a consulta hasta el próximo 10-5-2017 y será de aplicación a partir de enero de 2018.