La CNMV se pronuncia sobre la entrada en vigor de la «Green MiFID» el 2-8-2022
18-07-2022 — AR/2022/089
La CNMV ha emitido un comunicado en el que se pronuncia sobre la próxima entrada en vigor de la modificación de la normativa MiFID II, que obliga a las entidades a considerar las preferencias de sostenibilidad de los clientes a partir del 2-8-2022.
- Compartir
- Correo electrónico
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha publicado, el 18-7-2022, un comunicado en el que se pronuncia sobre la próxima entrada en vigor de la modificación de la normativa MiFID en lo que respecta a la consideración de las preferencias de sostenibilidad en la evaluación de idoneidad, entre otros requerimientos.
Así, este supervisor recuerda a las entidades que el 2-8-2022 comenzarán a aplicarse las obligaciones del reglamento delegado que modifica MiFID II1 en lo que respecta a la integración de factores, riesgos y preferencias de sostenibilidad.
Preferencias de sostenibilidad en la evaluación de la idoneidad
La nueva obligación
Según esta normativa, las entidades han de preguntar a los clientes por sus preferencias de sostenibilidad en la evaluación de la idoneidad cuando se presten los servicios de:
- asesoramiento en materia de inversión, y
- gestión discrecional de carteras.
Las directrices de la ESMA
La CNMV indica que la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA, en siglas inglesas) está trabajando en las directrices que fijan determinados criterios para aplicar este requerimiento normativo.
El borrador de estas directrices se publicó en febrero y, según la CNMV, está prevista su aprobación en septiembre u octubre de 2022 «y su entrada en vigor podría producirse 6 meses después de su traducción a todas las lenguas oficiales».
La CNMV tiene intención de incorporar estas directrices en sus procedimientos de supervisión, cuando entren en vigor.
Además, aclara que «previsiblemente el contenido de estas directrices finales será diferente en algunos aspectos que en este momento no se puede concretar».
Aplicación de la norma el 2-8-2022
A pesar de este retraso en la publicación de las directrices definitivas de la ESMA y del período de 6 meses hasta su aplicación efectiva, la CNMV destaca que «las nuevas obligaciones resultan aplicables a partir del 2-8-2022».
En consecuencia, las entidades tendrán que adaptar sus políticas y procedimientos de evaluación de la idoneidad para preguntar a los clientes por sus preferencias en materia de sostenibilidad y considerarlas en la prestación de los servicios.
Destaca, además, «la importancia de una adecuada implementación».
La CNMV aclara que esta obligación será aplicable:
- para nuevos clientes a partir de 2-8-2022, y
- para clientes existentes, cuando proceda a actualizar su test de idoneidad o, a su propia iniciativa, en cualquier momento.
Formación del personal
Destaca la autoridad española que es fundamental la formación del personal que recopile la información sobre preferencias de sostenibilidad de los clientes.
Estas personas deberán contar con suficientes conocimientos para explicar, en un lenguaje sencillo y de manera comprensible, los diferentes aspectos sobre los que recaban las preferencias del cliente.
En este sentido, considera «muy relevante» contribuir al conocimiento de los inversores y anuncia que elaborará diversos recursos para la educación financiera.
Otros requerimientos normativos
Además de esta consideración de las preferencias de sostenibilidad al evaluar la idoneidad, la CNMV recuerda a las entidades que también entran en vigor el 2-8-2022 otras obligaciones normativas, en concreto:
- la integración de los riesgos de sostenibilidad en las políticas y procedimientos de gestión de riesgos,
- la consideración de los tipos de conflictos de intereses derivados de las preferencias de sostenibilidad de los clientes.