La Comisión Europea modifica los «anexos de sostenibilidad» para incorporar información sobre energía nuclear y de gas fósil

22-02-2023 — AR/2023/015

Estos cambios los recoge un nuevo reglamento delegado, que actualiza las plantillas de información precontractual y periódica de los «productos sostenibles» conforme a los artículos 8 o 9 del reglamento de divulgación, para incorporar datos sobre las inversiones en energía nuclear y de gas fósil.

El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) recoge, en su edición del 17-2-2023, el Reglamento Delegado (UE) 2023/363,1 que modifica y corrige las normas técnicas de regulación (RTS, por sus siglas en inglés) expresadas en el Reglamento Delegado 2022/1288,2 que, a su vez, desarrolló el reglamento de divulgación3 (SFDR, en siglas inglesas).

El nuevo reglamento delegado no presenta modificaciones sustanciales con respecto al borrador de la Comisión Europea publicado el 31-10-2022 (ver la alerta relacionada, para mayor información).

A continuación indicamos las novedades finales.

Principales modificaciones

Se concentran en una serie de cambios en las plantillas de la información precontractual y la  periódica de los «productos sostenibles» (conforme al artículo 8 o artículo 9 del SFDR), los conocidos como «anexos de sostenibilidad».

En particular, destacan:

  1. Una pregunta de sí/no en las plantillas, para determinar si el producto financiero pretende invertir en las siguientes actividades económicas (conforme a su definición en el reglamento delegado de taxonomía4):
    • energía nuclear, y
    • energía de gas fósil.
  2. En caso de respuesta afirmativa a la anterior cuestión, las entidades deberán incluir el porcentaje de inversión en esas actividades en las representaciones gráficas que indican la proporción de las actividades económicas medioambientalmente sostenibles.

Criterio del supervisor español

La Comisión Nacional de Mercados y Valores (CNMV) indicó, en noviembre de 2022, que esta información únicamente tendrían que proporcionarla las instituciones de inversión colectiva que realicen «inversiones sostenibles» en el sentido del artículo 2.17 del SFDR.

Además, el supervisor español anunció su intención de fijar «un procedimiento simplificado para la inscripción de los anexos al folleto regulados por las RTS para incorporar en los mismos la información sobre gas natural y energía nuclear».

Por tanto, las sociedades gestoras de «productos sostenibles» que tengan inversiones sostenibles deberán elaborar los anexos de sostenibilidad conforme a estas nuevas plantillas para su remisión a la CNMV, conforme a las instrucciones que publique próximamente.

Entrada en vigor

El nuevo reglamento delegado entra en vigor al tercer día de su publicación en el DOUE, es decir, el 20-2-2023.


1 Reglamento Delegado (UE) 2021/2139 de la Comisión, de 4 de junio de 2021, por el que se completa el Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo y por el que se establecen los criterios técnicos de selección para determinar las condiciones en las que se considera que una actividad económica contribuye de forma sustancial a la mitigación del cambio climático o a la adaptación al mismo, y para determinar si esa actividad económica no causa un perjuicio significativo a ninguno de los demás objetivos ambientales.
2 Reglamento Delegado (UE) 2022/1288 de la Comisión, de 6 de abril de 2022, por el que se completa el Reglamento (UE) 2019/2088 del Parlamento Europeo y del Consejo respecto a las normas técnicas de regulación que especifican los pormenores en materia de contenido y presentación que ha de cumplir la información relativa al principio de «no causar un perjuicio significativo», y especifican el contenido, los métodos y la presentación para la información relativa a los indicadores de sostenibilidad y las incidencias adversas en materia de sostenibilidad, así como el contenido y la presentación de información relativa a la promoción de características medioambientales o sociales y de objetivos de inversión sostenible en los documentos precontractuales, en los sitios web y en los informes periódicos.
Reglamento (UE) 2019/2088 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2019, sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros.
4 Reglamento Delegado (UE) 2021/2139 de la Comisión, de 4 de junio de 2021, por el que se completa el Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo y por el que se establecen los criterios técnicos de selección para determinar las condiciones en las que se considera que una actividad económica contribuye de forma sustancial a la mitigación del cambio climático o a la adaptación al mismo, y para determinar si esa actividad económica no causa un perjuicio significativo a ninguno de los demás objetivos ambientales.