La Comisión Europea publica directrices sobre la definición de sistema de inteligencia artificial
21-02-2025 — AR/2025/027
Estas directrices intentan aclarar la definición de «sistema de inteligencia artificial» para facilitar la aplicación práctica del concepto jurídico recogido en el reglamento sobre esta materia.
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El reglamento sobre inteligencia artificial1 (IA), que entró en vigor el 2-8-2024, con la cadencia recogida en su artículo 113, clasifica los «sistemas de IA» según el riesgo.
La Comisión Europea ha publicado, el 2-5-2025, unas directrices que ayuden a interpretar la definición de «sistema de IA» para delimitar el ámbito de aplicación y diferenciar esta tipología.
Resumimos lo esencial de estas directrices.
Contenido de las directrices
Las directrices parte de la definición recogida en el artículo 3 del citado reglamento:
A partir de esta definición, desgrana los elementos principales de estos sistemas:
- Basados en máquinas. Referido al hecho de que los sistemas de IA se desarrollan con máquinas y se ejecutan en ellas.
- Diseñados para funcionar con distintos niveles de autonomía. Es decir, diseñados para funcionar con «cierto grado de independencia de las acciones respecto a la intervención humana y de capacidades para funcionar sin intervención humana».
- Con capacidad de adaptación tras su despliegue. Referida a las capacidades de autoaprendizaje, que generan cambios en el comportamiento del sistema mientras se ejecuta.
- Las directrices resaltan que este elemento de la definición indica que un sistema «puede», pero no necesariamente «tiene que» poseer la capacidad de adaptación o de autoaprendizaje para ser un sistema de IA.
- Con objetivos explícitos o implícitos. Los explícitos se refieren a «metas claramente definidas que el desarrollador codifica directamente en el sistema», y los implícitos, a «metas que no se declaran explícitamente, pero que pueden deducirse del comportamiento o de los supuestos subyacentes del sistema».
- Disponen de capacidad de inferencia a partir de datos de entrada. Es este un requisito clave para considerar que un sistema es de IA o no.
- Se refiere «al proceso de obtención de resultados, como predicciones, contenidos, recomendaciones o decisiones, que pueden influir en entornos físicos y virtuales, y a una capacidad de los sistemas de IA para derivar modelos o algoritmos, o ambos, a partir de entradas o datos».
- Generan datos de salida de contenido, predicciones o decisiones. La capacidad de generar resultados, como los del punto anterior, usando el aprendizaje automático y los enfoques lógicos y basados en el conocimiento, es fundamental para considerar un sistema como de IA.
- La capacidad de generar resultados y el tipo de resultados que el sistema genere son básicos para comprender la prestación y efectos de un sistema de IA.
- Pueden influir en «entornos físicos o virtuales». Es decir, que no son pasivos, sino que influyen en el medio donde se despliegan.
- La referencia a «entornos físicos o virtuales» indica que puede influir en objetos físicos (por ejemplo, un brazo robótico) o virtuales (por ejemplo, espacios digitales, flujos de datos o ecosistemas de software).
- Excluidos los sistemas de software o enfoques de programación tradicionales, basados en reglas predefinidas o cálculos estáticos. Es decir, sistemas con capacidad de inferir limitada, como los de optimización matemática, tratamiento básico de datos, basados en heurística clásica o para predicciones sencillas.
Conclusiones de las directrices
De las directrices se deducen las siguientes conclusiones:
- La definición de sistema de IA es amplia y debe basarse en la arquitectura y prestaciones de cada sistema, según el reglamento y estas directrices.
- No es posible elaborar listas exhaustivas de qué sistemas son o no son de IA.
- Solo los sistemas con mayores riesgos estarán sujetos a la regulación, mientras que la mayoría no tendrá obligaciones por ella.
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