La Comisión Europea publica siete reglamentos delegados que desarrollan el reglamento MiCA
18-02-2025 — AR/2025/020
Establecen normas técnicas con procedimientos y plazos para la tramitación de reclamaciones, la aprobación de libros blancos, la conformación de colegios consultivos, la estimación de operaciones y la continuidad operativa.
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La Comisión Europea publicó, el 13-2-2025, siete reglamentos delegados que componen un conjunto de normas técnicas de regulación que desarrollan el reglamento MiCA.1
En el siguiente apartado, resumimos su contenido y los principales objetivos de cada uno.
Ámbitos que regulan los reglamentos delegados
Tramitación de reclamaciones
En este ámbito, la Comisión publicó dos reglamentos delegados (2025/2932 y 2025/2943) que regulan los procedimientos y requisitos para la tramitación de reclamaciones relativas a fichas referenciadas a activos y a los proveedores de servicios de criptoactivos, respectivamente.
Para ello, entre otros aspectos, establece que:
- Los procedimientos para la presentación y tramitación de reclamaciones deben ser claros y accesibles.
- Los plazos deben ser uniformes de forma que se garanticen respuestas oportunas y coherentes.
- Deben permitirse en distintos formatos e idiomas sin restricciones indebidas.
- Puede utilizarse una plantilla estándar para las quejas y reclamaciones.
- Los procesos de gestión de reclamaciones deberán analizarse y mejorarse continuamente por las entidades.
Planes de continuidad de los servicios sobre criptoactivos
El Reglamento Delegado (UE) 2025/2994 regula la continuidad y regularidad de los servicios de criptoactivos, estableciendo requisitos para que los proveedores tengan planes de contingencia en caso de interrupciones o fallos operativos.
- Exigir a los proveedores de criptoactivos que desarrollen planes de continuidad del negocio ante incidentes.
- Adaptar las exigencias de continuidad según la dimensión y naturaleza del proveedor, evitando cargas excesivas.
- Mejorar la resiliencia operativa de los servicios de criptoactivos para proteger a los consumidores y garantizar la estabilidad del mercado.
Supervisión
El Reglamento Delegado (UE) 2025/2925 establece un modelo de acuerdos de cooperación entre las autoridades competentes de la UE y las de terceros países en el ámbito de los mercados de criptoactivos.
Su propósito es garantizar una supervisión efectiva y el cumplimiento normativo en el intercambio de información entre jurisdicciones.
Para ello:
- Define un modelo estándar para los acuerdos de cooperación entre autoridades de la UE y terceros países.
- Asegura la protección de datos personales en la transferencia de información conforme al RGPD.6
- Facilita la coordinación y armonización de la supervisión internacional de criptoactivos.
Por su parte el Reglamento 2025/2977 regula la creación y funcionamiento de los colegios consultivos de supervisión, encargados de coordinar la supervisión de emisores de fichas significativas referenciadas a activos y de dinero electrónico.
Libros blancos de criptoactivos
Este Reglamento Delegado (UE) 2025/2968 define el procedimiento para la aprobación de los libros blancos de criptoactivos, asegurando un proceso armonizado con participación de las autoridades competentes y el Banco Central Europeo.
Operaciones con fichas referenciadas a activos
El Reglamento Delegado (UE) 2025/2989 establece la metodología armonizada para estimar el número y valor de operaciones con fichas referenciadas a activos y fichas de dinero electrónico denominadas en monedas no oficiales de la UE.
Su objetivo es mejorar la supervisión y el control del uso de estos activos.
Próximos pasos
Estos reglamentos entrarán en vigor a los 20 días de su publicación, esto es, el 4-3-2025.