La Comisión Europea se propone resolver los problemas de procedimiento del RGPD

12-07-2023 — AR/2023/096

Con ese fin, ha cerrado la propuesta de reglamento para unificar criterios en los procedimientos de resolución de los litigios entre las autoridades de protección de datos personales de la Unión Europea.

La Comisión Europea ha hecho pública la versión final, fechada el 4-7-2023, de la propuesta de reglamento1 con la que busca resolver los problemas de procedimiento del reglamento general de protección de datos2 (RGPD).

Esta iniciativa pretende mejorar el funcionamiento de la ventanilla única y facilitar la resolución de litigios entre las autoridades de protección de datos de la Unión Europea.

Resumimos lo esencial de este nuevo borrador de reglamento.

Divergencias al aplicar los procedimientos del RGPD

Desde que entró en vigor el RGPD, mayo de 2018, las autoridades han observado divergencias en los enfoques de las autoridades nacionales de protección de datos en cuestiones como:

  • la tramitación de denuncias;
  • la forma de presentar las denuncias;
  • la duración de los procedimientos;
  • el alcance del derecho a ser escuchado y el momento en el que se aplica, o
  • la participación de los denunciantes en el procedimiento, incluida la información sobre el progreso de la investigación.

Propósito del borrador de reglamento

Es el de agilizar la cooperación entre las autoridades nacionales de protección de datos en procedimientos transfronterizos, es decir, los que afectan a más de un Estado miembro.

En estos casos, en los que concurren las jurisdicciones de dos o más autoridades de control, el borrador recoge medidas de armonización en algunos aspectos de los procedimientos administrativos, como:

  • especificar los plazos procesales para la cooperación entre las autoridades;
  • proveer herramientas que fomenten la cooperación desde las primeras etapas de la investigación;
  • aclarar la posición de los denunciantes en los pasos procesales, o
  • clarificar cómo se comparte la información entre la autoridad de protección de datos investigadora y las autoridades de supervisión involucradas en las etapas del procedimiento, incluyendo los pasos que conducen a una opinión vinculante del Comité Europeo de Protección de Datos.

La estandarización de estos procedimientos ayudará a agilizar las investigaciones y a proporcionar a los afectados vías rápidas para interponer recursos.


1 Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO por el que se establecen normas procedimentales adicionales en lo que se refiere a la garantía del cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679. Bruselas, 4-7-2023,  COM(2023) 348 final, 2023/0202 (COD).
2 Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).