La DGSFP pone a consulta los modelos normalizados para informar de las comisiones y gastos de los planes de pensiones

10-06-2024 — AR/2024/052

Lo hace en un proyecto de circular en la que describe con detalle el contenido de los datos de comisiones y gastos para los partícipes de planes y fondos de pensiones.

La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) ha iniciado, el5-6-2024, el trámite de información y audiencia pública del proyecto de circular sobre la utilización de modelos normalizados para informar a los partícipes de las comisiones y gastos de planes y fondos de pensiones.

El plazo para presentar alegaciones, observaciones o sugerencias finaliza el 26-6-2024.

Se pueden dirigir a la dirección de correo electrónico caipregulacion.dgsfp@economia.gob.es.

Esta futura Circular 2/2024,1 según indica la DGSFP, pretende homogeneizar la información que las entidades gestoras de fondos de pensiones proporcionan a los partícipes y potenciales partícipes en los documentos de información general y datos fundamentales, y en los informes periódicos trimestrales y semestrales.

Resumimos el contenido de la circular

Contenido

La circular introduce dos modelos normalizados y obligatorios en los anexos I y II.

Sirven para comunicar los costes y gastos, directos e indirectos, imputables a los planes de pensiones, de manera que sea claro el entendimiento, por una parte, para los potenciales partícipes, del importe que asumen por la adherencia al plan correspondiente a estos conceptos, y por otra parte, para los partícipes ya existentes, del importe definitivo soportado.

Anexos

Anexo I: Desglose de comisiones y gastos en la información general y datos fundamentales

Se recogen los conceptos en los cuadros siguientes de este anexo:

Cuadro
Contenido
A Comisiones directas fijadas como importe fijo a la cuenta de posición o por un porcentaje fijo más uno
B Comisiones directas fijadas distintas de las indicadas en el cuadro A, definiendo el criterio de distribución y la base de cálculo, en caso de existir
C Comisiones indirectas indicando el concepto del que proceden, en caso de existir
D Indicación del porcentaje máximo, según la normativa aplicable,de las comisiones indirectas incluidas en el cuadro C
E Gastos adicionales a las comisiones si los hay

Anexo II: Desglose de comisiones y gastos en la información periódica

En estos documentos concretos, ha de expresarse en porcentajes anuales y diferenciar entre:

  • «los porcentajes efectivamente cobrados en el período al que se refiere la
    información», y
  • «los porcentajes acumulados en el período hasta la fecha del informe».

Los conceptos a los que se refiere son:

  1. Comisión de gestión directa soportada, desglosados los porcentajes fijo y variable en función de la cuenta de resultados, en su caso, pero se informará del porcentaje que represente la comisión fija sobre la cuenta de posición.
  2. Comisión de deposito directa cobrada.
  3. Comisión de gestión indirecta soportada por la inversión en instituciones de inversión colectiva, de capital riesgo y en fondos abiertos.
    • El porcentaje incluye la remuneración soportada por el fondo de pensiones por los contratos de gestión de activos financieros.
  4. Comisión de depósito indirecta soportada por la inversión en instituciones de inversión colectiva, de capital riesgo y en fondos abiertos.
    • El porcentaje ha de incluir la remuneración a cargo del fondo de pensiones de los contratos de depósito vinculados a un contrato de gestión de activos financieros, siempre que la asuma el fondo de pensiones, y del uso de cuentas globales previsto en el artículo 74.2. del Reglamento de planes y fondos de pensiones2.
  5. Desglose de gastos propios del plan de pensiones o del fondo imputados al plan, con indicación de los conceptos.

Entrada en vigor

Una vez aprobada, la circular entrará en vigor el 2-1-2025.

La primera presentación del anexo II (información periódica) corresponderá al primer trimestre de 2025.


1 Borrador de Circular 2 /2024 de xx de xx, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, sobre la utilización de modelos normalizados de comisiones y otros gastos imputables a los planes de pensiones para dar cumplimiento a las obligaciones de información de las entidades gestoras de fondos de pensiones.
2 Reglamento de planes y fondos de pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero.