La directiva que modifica la AIFMD y la directiva de los UCITS ha quedado promulgada

03-04-2024 — AR/2024/025

Esta nueva directiva modifica cuestiones referidas a los acuerdos de delegación, al riesgo de liquidez, a los préstamos concedidos por fondos alternativos o a la comercialización, que afectan a los gestores de fondos de inversión alternativos y a los organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios.

La Directiva (UE) 2024/927,1 que modifica las directivas de los gestores de fondos de inversión alternativos2 (conocida como AIFMD, en siglas inglesas) y de los organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios3 (los UCITS, en siglas inglesas) se ha promulgado el 26-3-2024.

El Parlamento Europeo la aprobó el 7-2-2024, como informamos en la alerta relacionada al margen.

Resumimos los cambios principales que introduce la nueva directiva en las dos citadas.

Alcance de las modificaciones introducidas

La directiva modifica los ámbitos siguientes:

  • los acuerdos de delegación;
  • la gestión del riesgo de liquidez;
  • la presentación de información para la supervisión;
  • la prestación de servicios de depositaría y custodia, y
  • la concesión de préstamos por fondos de inversión alternativos (FIA).

Estos aspectos se analizaron con más detalle en la alerta citada y vinculada al margen.

Vigencia y aplicación

La directiva entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el DOUE, es decir, el  15-4-2024.

Según determina la propia norma:

  • antes del 16-4-2026, los Estados miembros han de trasponerla a los derechos nacionales, pero
  • hasta el 16-4-2027 no serán de aplicación las disposiciones sobre la información periódica (artículos 24 de la AIFMD y 20 bis de la directiva de los UCITS).

Elaboración de directrices por supervisores

Al entrar en vigor la nueva directiva, se activarán los plazos para que los supervisores elaboren las directrices que detallarán, entre otros, los aspectos siguientes:

  • antes del 16-4-2025: los criterios para seleccionar y calibrar los instrumentos de gestión de la liquidez, tanto para los gestores de FIA como para los UCITS;
  • antes del 16-4-2026: las condiciones en las que el nombre de un UCITS o FIA podría considerarse desleal, poco transparente o engañoso.

1 Directiva (UE) 2024/927 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de marzo de 2024, por la que se modifican las Directivas 2011/61/UE y 2009/65/CE
2 Directiva 2011/61/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, relativa a los gestores de fondos de inversión alternativos y por la que se modifican las Directivas 2003/41/CE y 2009/65/CE y los Reglamentos (CE) n.º 1060/2009 y (UE) n.º 1095/2010.
3 Directiva 2009/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, por la que se coordinan las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas sobre determinados organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (OICVM).