La EBA y la ESMA ponen a consulta el primer paquete de desarrollo normativo del reglamento MiCA

26-07-2023 — AR/2023/102

Estas dos autoridades europeas han puesto a consulta un amplio paquete de proyectos de normas técnicas de regulación y de ejecución que desarrollan algunos aspectos del reglamento MiCA, por mandato de este.

El reglamento MiCA1 (siglas de markets in crypto-assets) es la norma básica que regirá los criptoactivos a los que abarca. Al ser una norma de nivel 1, su propio texto prevé un número importante de de medidas de niveles 2 y 3,que han de desarrollarse antes de que se inicie la aplicación del reglamento, según el mandato, entre 12 y 18 meses.

Este desarrollo legislativo lo tienen encomendado la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM o ESMA, en siglas inglesas) y la Autoridad Bancaria Europea (ABE o EBA, en siglas inglesas).

Con el primer paquete de consultas que comentamos a continuación, presentado el 12-7-2023, estas autoridades cumplen con el calendario de implementación del reglamento.

Paquete de normas técnicas de la ESMA

Encargo

La ESMA tiene el encargo de elaborar normas técnicas y directrices que especifiquen determinadas disposiciones de MiCA, que prevé publicar en tres paquetes de consultas previas:

  • el primero, al que aludimos en el apartado siguiente;
  • el segundo, en octubre de 2023, y
  • el tercero, en el primer trimestre de 2024.

Contenido del primer paquete

El documento puesto a consulta3 busca recabar puntos de vista, comentarios y opiniones de las partes interesadas y de los participantes en el mercado sobre los siguientes proyectos de normas técnicas de regulación y de ejecución (RTS e ITS, respectivamente, en siglas inglesas):

  • RTS sobre el proceso de notificación de determinadas entidades financieras con intención de prestar servicios sobre criptoactivos;
  • ITS sobre los formularios, plantillas y modelos normalizados para la notificación por determinadas entidades financieras de su intención de prestar servicios de criptoactivos;
  • RTS sobre la autorización de proveedores de servicios de criptoactivos;
  • ITS sobre formularios, plantillas y modelos normalizados para la autorización de proveedores de servicios de criptoactivos;
  • RTS sobre la tramitación de reclamaciones por los proveedores de servicios de criptoactivos;
  • RTS sobre la identificación, prevención, gestión y revelación de conflictos de intereses, y
  • RTS sobre la propuesta de adquisición de una participación significativa en un proveedor de servicios sobre criptoactivos.

Plazo y modelo de contestación

El plazo para enviar comentarios sobres estos borradores está abierto a todos los interesados hasta el 20-9-2023.

Las ESMA ha elaborado un formulario editable para facilitar esos comentarios.

Paquete de normas técnicas de la EBA

Contenido del paquete

La EBA, por su parte, ha puesto a consulta  dos conjuntos de borradores de RTS y uno de ITS sobre:

Las normas de regulación se refieren a:

  • la autorización como emisor de tóquenes referenciados a activos,4 y
  • la evaluación de la adquisición de participaciones cualificadas en emisiones de esos tóquenes.5

Las de ejecución incluyen:

  • los modelos de formularios, plantillas y procedimientos para la información que debe incluirse en la solicitud para emitir tóquenes referenciados a activos.6

Además, ha puesto a consulta un proyecto de RTS sobre los procedimientos de tramitación de reclamaciones por los emisores de este tipo de tóquenes.

Plazo para comentarios

Los comentarios sobre estos proyecto de la EBA se pueden registrar a través de la página web de esta autoridad europea y finaliza el 12-10-2023.


1 Reglamento(UE) 2023/1114 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de mayo de 2023, relativo a los mercados de criptoactivos y por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1093/2010 y (UE) n.º 1095/2010 y las Directivas 2013/36/UE y (UE) 2019/1937.
2 Esta terminología de niveles se refiere al conocido como «proceso Lamfalussy» que comprende cuatro niveles, de los que los tres primeros se refieren a la legislación marco (nivel 1), a las medidas de ejecución detalladas (nivel 2) y las que aseguran la cooperación eficaz entre las autoridades de supervisión y la convergencia de sus prácticas (nivel 3).
3 Normas técnicas de la ESMA que especifican determinados requisitos del reglamento sobre los mercados de criptoactivos (MiCA).
4 Proyecto de normas técnicas de regulación sobre la información para la solicitud de autorización para ofrecer al público y solicitar la admisión a cotización de tóquenes referenciados a activos y proyectos de normas técnicas de ejecución sobre modelos de formularios, plantillas y procedimientos para la información que debe incluirse en la aplicación, según artículo 18(6) y (7) del Reglamento (UE) 2023/1114.
5 Proyecto de normas técnicas de regulación sobre el contenido detallado de la información necesaria para realizar la evaluación de una propuesta de adquisición de participaciones cualificadas en emisores de tóquenes referenciados a activos, según el artículo 42(4) del Reglamento (EU) 2023/1114.
6 Proyecto de normas técnicas de ejecución para especificar los requisitos, plantillas y procedimientos para tramitación de reclamaciones de emisores según el artículo 31 del Reglamento (UE) 2023/1114, sobre mercados de criptoactivos, y que modifica la Directiva (EU) 2019/1937 (MICAR).