La EIOPA emite un informe sobre su actividad de supervisión en 2023

09-05-2024 — AR/2024/038

El informe recoge las actividades de esta autoridad europea y hace hincapié en las prioridades de supervisión para homogeneizar el nivel de las actividades supervisoras en toda la Unión Europea.

La Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (AESPJ o EIOPA, por sus siglas en inglés) ha publicado, el 30-4-2024, un informe con los resultados de su actividad de supervisión en el ejercicio 2023.

Según indica en el informe, esta autoridad pretende lograr un nivel similar de protección para los tomadores y beneficiarios de seguros en toda la Unión Europea (UE), evitar el arbitraje de supervisión y asegurar la igualdad de condiciones.

En este sentido, presenta cómo, en su opinión, contribuyó a mejorar la cultura europea común de supervisión y a promover prácticas de supervisión coherentes, en lo prudencial y en las normas de conducta, durante 2023.

A continuación describimos los puntos principales del informe.

Principales conclusiones

La EIOPA relaciona las siguientes:

  1. Entiende que el plan de convergencia de supervisión asegura una supervisión efectiva y coherente en la UE), basada en la colaboración con las autoridades nacionales competentes (ANC).
    • Busca que haya coherencia y una visión general de las actividades de las ANC.
  2. Ha identificado problemas en las operaciones transfronterizas que no pueden resolverse por un Estado miembro.
    • Para solventar esto, considera que puede evaluar la situación y definir plataformas de colaboración entre las ANC implicadas, con el apoyo y coordinación del supervisor.
  3. Muestra el escaso éxito que ha obtenido en la mitigación de los principales riesgos para los tomadores de seguros europeos en las plataformas de colaboración.
  4. Reconoce la necesidad de una intervención más efectiva, de las ANC y de la propia EIOPA, ya que las facultades e instrumentos jurídicos actuales no han sido adecuados para resolver algunas cuestiones.
  5. Entiende que las prioridades de supervisión que definió para el período 2021-2023 en toda la UE han permitido:
    • identificar las prioridades del próximo ciclo, y
    • comprobar que la situación financiera, de solvencia y de liquidez, del mercado europeo de seguros se mantuvo estable en general.
  6. Considera que su participación en colegios supervisores y el diálogo con los supervisores de grupo han demostrado ser crucial para su buen funcionamiento.

Otras actuaciones del año

La EIOPA resalta en el informe otras actuaciones que ha desarrollado en 2023.

Herramientas de convergencia

Explica que puso a consulta dos herramientas de convergencia de la supervisión prudencial para mejorar este ámbito:

  • un proyecto de dictamen sobre la supervisión de las empresas de seguros y reaseguros cautivas, y
  • un proyecto de declaración sobre la supervisión del reaseguro, coordinado con empresas de seguros y reaseguros de países de fuera de la UE.

Sostenibilidad

Asimismo, en esta materia:

  • entregó un informe de progreso sobre blanqueo ecológico o «greenwashing» a la Comisión Europea, y
  • puso a consulta un proyecto de dictamen sobre la supervisión de las divulgaciones de sostenibilidad y de blanqueo ecológico.

Uso de la tecnología

Expone que ha continuado su trabajo sobre el uso de la tecnología por los supervisores, para ofrecer soluciones de supervisión innovadoras y eficientes que conformen un sistema eficaz, flexible y con capacidad de respuesta.

DORA

Explica la EIOPA que las autoridades europeas de supervisión1 (AES o ESA, por sus siglas inglesas) trabajaron conjuntamente para desarrollar los mandatos políticos del reglamento de resiliencia operativa digital,2 conocido por las siglas inglesas DORA.

En este ejercicio de desarrollo normativo:

  • tuvieron en cuenta, particularmente, los riesgos emergentes relacionados con la seguridad informática y con la gobernanza;
  • publicaron su asesoramiento a la Comisión Europea y otros informes sobre resiliencia digital, y
  • pusieron en marcha procesos internos de intercambios de información sobre ciberseguridad y ciberataques.

Inteligencia artificial

También detalla, sobre este asunto:

  • los trabajos preparatorios para evaluar la aplicación del reglamento de inteligencia artificial3 en la legislación sectorial de seguros;
  • la organización de un taller sobre la inteligencia artificial generativa en los seguros, y
  • la codirección de un foro «fintech» internacional sobre el uso de la inteligencia artificial en los los seguros.

Otras publicaciones y actividades

La autoridad europea señala también otras actividades en su papel supervisor:

  • La publicación de dos declaraciones de supervisión sobre las prácticas de tarificación diferenciada en los ramos de seguros de no vida y sobre el uso de acuerdos de gobernanza en terceros países.
  • La elaboración de tres estudios para comparar los resultados de la calibración del riesgo de mercado y de crédito; del riesgo de suscripción de no vida, y de la diversificación en todos los modelos internos.
  • La supervisión del modo en que las ANC aplicaron la metodología para evaluar la rentabilidad en el mercado de unit-linked, y la consulta pública vinculada.
  • El desarrollo de actividades conjuntas con las ANC para afrontar los riesgos identificados para los consumidores derivados de prácticas deficientes de suscripción o venta y de salvaguardias insuficientes sobre conflictos de intereses.
  • La elaboración de los capítulos del «Manual de supervisión» sobre grupos y fondos propios.
  • La encuesta sobre el acceso de las pymes a los ciberseguros (coberturas, términos y condiciones de las pólizas, etc.).

1 Son, añadiendo las siglas españolas e inglesas por las que se conocen y conjuntamente con la EIOPA, la Autoridad Bancaria Europea (ABE o EBA) y la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM o ESMA).
2 Reglamento (UE) 2022/2554 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2022, sobre la resiliencia operativa digital del sector financiero y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.º 1060/2009, (UE) n.º 648/2012, (UE) n.º 600/2014, (UE) n.º 909/2014 y (UE) 2016/1011.
3 Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial (Ley de Inteligencia Artificial) y se modifican determinados actos legislativos de la Unión (documento COM(2021)0206).