La EIOPA publica la consulta sobre el asesoramiento técnico para la revisión de la directiva IORP II

14-03-2023 — AR/2023/025

La EIOPA, a petición de la Comisión Europea, elabora un dictamen para prestar asesoramiento en la evaluación y revisión de la directiva sobre planes de pensiones de empleo.

La Directiva (UE) 2016/2341,1 sobre los fondos de pensiones de empleo, (conocida como IORP II, por las siglas de institutions for occupational retirement provision) prevé que la Comisión Europea es la encargada de revisarla para analizar su adecuación.

Con este fin, la Comisión ha solicitado un análisis a la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (ASPJ o EIOPA por sus siglas en inglés) y esta plantea una consulta en ese sentido.

Resumimos a continuación el planteamiento de la Comisión a la EIOPA y el enfoque  y contenido de la consulta de esta.

Análisis pedido por la Comisión y planteamiento de la EIOPA

Ámbitos que abarca

El análisis solicitado a la EIOPA se centra en los siguientes ámbitos:

  • Normas prudenciales y cuestiones de gobernanza
  • Actividad y transferencias transfronterizas
  • Requisitos de conducta empresarial e información a partícipes
  • Adaptaciones del marco normativo para cambios de prestación definida a aportación definida
  • Sostenibilidad
  • Requisitos para lograr la diversidad e inclusión en relación con los órganos de dirección.

Cambios principales

La EIOPA entiende que se debe poner especial cuidado, a fin de afrontar el futuro y que el desempeño de la directiva sea provechoso, en los siguientes aspectos:

  • El proceso de transición que está viviendo el sistema de pensiones en la Unión Europea debido al cambio de regímenes de prestación definida a regímenes de aportación definida.
    • Esto implica que afiliados y beneficiarios soportarán más riesgos.
    • Por ello, cobra mayor importancia el disponer de información comprensible sobre los productos.
  • El envejecimiento de la población aumentará de manera drástica en la Unión Europea.
    • Esto genera la necesidad de proporcionar a los ciudadanos unos ingresos de jubilación adecuados y garantizar la sostenibilidad de las finanzas públicas.
  • Los retos del cambio climático en el ámbito de la sostenibilidad.
    • El calentamiento global entraña riesgos para los fondos de pensiones de empleo por sus inversiones.
  • La importancia de distintos aspectos relativos a la diversidad para los fondos de pensiones de empleo.
    • En concreto, la diversidad del sexo de quienes dirigen estos organismos, la que respecta a las  inversiones, o en qué medida las empresas participadas toman partido en ámbitos como la inclusión o las diferencias salariales.

Plazo y participación en la consulta

La EIOPA pone a disposición de los interesados un formulario en el que se pueden registrar las respuestas y comentarios a las preguntas formuladas.

El plazo de consulta finalizará el 25-5-2023.

Contenido de la consulta

La EIOPA analiza la adecuación de la directiva desde distintos puntos de vista, según lo mencionado más arriba:

Normas prudenciales y de gobernanza

  1. Proporcionalidad: propone modificar el umbral de exención a planes de pensiones de empleo de menos de 1000 partícipes y con un patrimonio menor de 50 millones de euros, para eximir a los pequeños fondos de pensiones de empleo de aplicar la directiva, además de incluir el concepto de fondos de pensiones de empleo de bajo riesgo.
  2. Riesgo de liquidez: fija el objetivo de fomentar la evaluación y la gestión por los fondos de pensiones de empleo de los riesgos de liquidez relacionados con el uso de derivados, para reducir su exposición a estos.
  3. Conflictos de intereses: refuerza los procesos de evaluación y supervisión en los casos de externalización de actividades a proveedores de servicios.
  4. Evaluación de riesgos normalizada: prevé crear un marco común para la evaluación del riesgo y la transparencia de los planes de pensiones de empleo, con una evaluación de riesgos normalizada.

Actividad y transferencias transfronterizas

La EIOPA expone la ineficacia de la directiva en el desarrollo del mercado interior de pensiones y aporta algunas de opciones para revertir esta situación, como:

  • el registro y autorización de los fondos;
  • la aplicación en el ámbito nacional de determinar la mayoría de partícipes y beneficiarios necesaria para aprobar una transferencia transfronteriza;
  • la simplificación de las medidas de notificación para los fondos de pensiones de empleo de aportaciones definidas.

Requisitos de conducta empresarial e información a partícipes

La autoridad europea tiene intención de seguir desarrollando los requisitos de información a los partícipes y beneficiarios incluyendo:

  • el asesoramiento sobre la declaración de las prestaciones de pensión, incluyendo  digitalizar la información, incorporar datos adicionales como la rentabilidad anual o fijar unos principios para el diseño del documento;
  • el incremento de la transparencia sobre costes y gastos;
  • el continuar desarrollando requisitos sobre proyecciones;
  • las adaptaciones normativas para cambios de prestación definida a aportación definida.

En la transición a un mercado dominado por las aportaciones definidas y para encontrar la manera de adaptar la normativa a este cambio, la EIOPA:

  • identifica los principales riesgos a los que se enfrentan los partícipes de estos planes;
  • aporta opciones para evaluar los riesgos a largo plazo de estos planes de pensiones de empleo de aportación, y
  • esboza un proyecto de asesoramiento sobre la comunicación de costes y gastos, procedimientos de reclamación, idoneidad de los gestores de los planes y la participación de los beneficiarios en la toma de decisiones de los fondos.

Sostenibilidad

Debido a que los planes de pensiones de empleo no están obligados a integrar los factores de sostenibilidad en sus decisiones de inversión, la EIOPA propone introducir disposiciones sobre los riesgos de sostenibilidad, similares a las de las aseguradoras, para dejar reflejado:

  • los riesgos de sostenibilidad en las decisiones de inversión de estos planes;
  • el posible efecto de los factores de sostenibilidad en la estrategia y en las decisiones de inversión de los fondos, y
  • la consideración de las preferencias de sostenibilidad de los partícipes y beneficiarios en las decisiones de inversión de los fondos.

Requisitos para lograr la diversidad e inclusión en los órganos de dirección

La EIOPA define también planes para:

  • promover la presencia del sexo menos representado en el órgano de dirección,
  • la neutralidad de sexo en las políticas de remuneración, o
  • la presentación de informes por los fondos de pensiones de empleo sobre diversidad.

1 Directiva (UE) 2016/2341 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2016, relativa a las actividades y la supervisión de los fondos de pensiones de empleo (FPE).