La ESMA confirma la finalización del plazo concedido para operar sin LEI
21-06-2018 — AR/2018/049
La ESMA publica una comunicación en la que establece que el periodo de seis meses para que las entidades puedan cerrar operaciones con clientes sin disponer del LEI (siglas de legal entity identifier, o identificador de personas jurídicas) no será prorrogable y finalizará el 2-7-2018. La comunicación también menciona que la ESMA y las ANC están coordinando un plan de supervisión para garantizar la comunicación de operaciones con LEI.
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La ESMA publicó ayer, 20-6-2018, una comunicación en la que establece que el periodo de seis meses por el cual las entidades podían cerrar operaciones con clientes sin disponer del LEI (siglas de legal entity identifier, o identificador de personas jurídicas) no será prorrogable y, por tanto, finalizará el 2-7-2018.
La ESMA emitió el 20-12-2017 una comunicación en la que permitía a las entidades que prestan servicios de inversión y están obligadas a la comunicación de operaciones (Transaction Reporting) operar con clientes personas jurídicas sin LEI, durante 6 meses.
En este periodo, la ESMA y las autoridades nacionales competentes (ANC) constatan un uso generalizado del LEI, del que deducen que no es necesario ampliar el plazo inicial.
Como consecuencia de esta decisión, las autoridades competentes van a modificar sus reglas de validación a partir del 3-7-2018 para exigir el LEI en la comunicación de operaciones. No obstante, las operaciones comprendidas entre el 3-1 y el 2-7-2018 se aceptarán a pesar de que la fecha de emisión del LEI sea posterior a la fecha de la operación.
Por último, la comunicación menciona que la ESMA y las ANC están coordinando un plan de supervisión para garantizar la comunicación de operaciones con LEI.
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