La ESMA emite orientaciones para la autorización de los proveedores de servicios de criptoactivos
06-02-2025 — AR/2025/015
Con esas orientaciones, la autoridad europea busca estandarizar el proceso de autorización de los proveedores de servicios de criptoactivos, requerida por el reglamento MiCA.
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La Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM o ESMA, por sus siglas en inglés) publicó, el 31-1-2025, un informe de supervisión destinado a orientar a las autoridades nacionales competentes en la autorización de los proveedores de servicios de criptoactivos a la que obliga el reglamento MiCA.1
Este informe busca estandarizar los procedimientos de autorización en la Unión Europea, promover la convergencia supervisora y prevenir el arbitraje regulatorio.
Resumimos los aspectos principales de de la orientación de la ESMA.
Criterios generales para la autorización
La orientación recoge los siguientes puntos, que esquematizamos con brevedad:
Enfoque basado en el riesgo
- No hay proveedores de servicios de criptoactivos de bajo riesgo debido a su contacto directo con inversores minoristas y su limitada trayectoria en cumplimiento normativo.
- Identificar factores de riesgo como el tamaño de la entidad, la complejidad de su estructura, la actividad transfronteriza y la combinación de servicios cripto.
Gobernanza
- Fijar estándares mínimos sobre autonomía local, funciones de control interno, gestión de riesgos y cumplimiento normativo.
- Exigir la presencia efectiva de directivos en el Estado miembro que tramite la autorización y que la toma de decisiones importantes no esté delegada fuera de la UE.
Externalización
- Fijar límites estrictos para externalizar funciones clave, asegurar que el proveedor conserve la responsabilidad y que la supervisión no se vea comprometida.
- Aplicar el reglamento DORA2 para evaluar los riesgos de los proveedores de servicios de TIC (tecnologías de la información y la comunicación) y para supervisar las subcontrataciones críticas.
Evaluación de idoneidad
- Reforzar los criterios para evaluar a los miembros del consejo de administración y a altos directivos, que incluyan el historial de supervisión, los conocimientos técnicos en criptoactivos y la experiencia en el sector financiero regulado.
- Permitir cierta compensación de experiencia dentro del equipo.
Modelos de negocio
- Exigir la presentación de proyecciones realistas a tres años, con puntos intermedios de control, y el análisis de escenarios adversos para estimar la continuidad operativa de estos proveedores.
Notificaciones
- Definir los requisitos de notificación de servicios acogidos al reglamento MiCA y los plazos para revisar solicitudes incompletas.
Efectos de la orientación de la ESMA
Según expone la ESMA, su orientación busca:
- Para las autoridades competentes:
- Lograr un proceso de autorización más riguroso y homogéneo en toda la UE.
- Aplicar criterios estrictos para evaluar las solicitudes, con especial atención a los riesgos de la externalización, a la actividad transfronteriza y a la estructura organizativa de los proveedores.
- Para los proveedores de servicios de criptoactivos:
- Exigir un mayor grado de preparación y transparencia en sus procesos internos.
- Demostrar la capacidad de operar de manera autónoma y de cumplir con los requisitos de gobernanza y de gestión de riesgos.
La autoridad europea confía en que las autoridades nacionales sigan estas orientaciones y que los proveedores revisen sus estructuras organizativas y modelos de negocio para conseguir una transición fluida para el cumplimiento del reglamento MiCA.