La Plataforma Europea de Finanzas Sostenibles propone un nuevo sistema para clasificar los productos sostenibles
23-12-2024 — AR/2024/108
La propuesta forma parte de la revisión que esta plataforma está llevando a cabo de la normativa de sostenibilidad, en particular, sobre el reglamento de divulgación.
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La Plataforma Europea de Finanzas Sostenibles presentó, el 17-12-2024, una propuesta para un nueva categorización de productos financieros sostenibles acorde con el reglamento de divulgación1 (SFDR, por sus siglas en inglés).
La propuesta pretende:
- proporcionar una mayor claridad y transparencia a los inversores sobre la tipología de productos en los que invierten, y
- ajustar los productos a las prioridades de sostenibilidad de la Unión Europea (UE) y a los objetivos del Pacto Verde Europeo.
En junio de 2024, las autoridades europeas de supervisión2 emitieron una opinión conjunta en la que recomendaban modificar la normativa actual de finanzas sostenibles y, concretamente, introducir un nuevo sistema de clasificación de productos.
El contenido de esa opinión se puede consultar en la alerta vinculada al margen.
A continuación, resumimos los aspectos principales del documento.
Nuevo sistema de clasificación de productos sostenibles
La propuesta define tres categorías de estos productos:
- «Sostenible», para productos cuyas inversiones estén alineadas con el reglamento de taxonomía3 de la UE o con la definición del artículo 2.17 de SFDR.
- «Transición», para productos que inviertan en actividades en proceso de descarbonización o de transición hacia una economía sostenible.
- «Colección ESG», para productos que apliquen criterios ambientales, sociales y de gobernanza (ASG) para seleccionar sus inversiones y que excluyan actividades consideradas nocivas.
La asignación a cada una de las categoría anteriores depende de cumplimiento de unos criterios mínimos y elementos vinculantes, que se medirá con indicadores clave de rendimiento.
Los productos que no encajen en ninguna de las categorías anteriores se considerarán como «no clasificados», pero estarán sujetos a determinadas obligaciones de divulgación.
Por último, la propuesta reflexiona sobre cómo los productos multiopción y los fondos de fondos pueden encajar en las categorías anteriores. En este sentido, propone la posibilidad de que un producto pueda combinar más de una categoría.
Preferencias de sostenibilidad
El documento señala que las preferencias de sostenibilidad de los clientes también han de adaptarse a la nueva clasificación propuesta.
Además, considera necesario simplificar el test de idoneidad de forma que las preguntas se adapten a las necesidades del cliente, por ejemplo, mediante un sistema de niveles.
Por último, recomienda ampliar el ámbito de aplicación de SFDR a otros productos sujetos a las normativas MiFID4 e IDD5 (por ejemplo, valores de renta variable o de renta fija y derivados).
Divulgación de información
Asimismo, la plataforma manifiesta la importancia de la transparencia y la necesidad de divulgar información previa y periódica, de manera que:
- la información precontractual sea breve, clara y comprensible para los inversores minoristas, y se limite a los aspectos más importantes. Con un código QR se podrían leer detalles adicionales del producto, y
- los informes periódicos proporcionen métricas completas y auditadas sobre los indicadores relevantes, como el ajuste a la taxonomía y o la evolución de los indicadores de principales incidencias adversas.
Consideraciones adicionales
La plataforma dice que es consciente de los efectos que este nuevo sistema podría tener en los actuales productos sostenibles y, por ello, propone realizar pruebas para valorar la efectividad de las medidas propuestas.
Además, reitera la necesidad de desarrollar una taxonomía social y los criterios específicos para la inversión de «impacto», y cómo relacionar esa taxonomía social con la medioambiental.
La Comisión Europea valorará las propuestas de la plataforma para revisar SFDR.
2 Son, añadiendo las siglas españolas e inglesas por las que se conocen: Autoridad Bancaria Europea (ABE o EBA), Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM o ESMA) y Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (AESPJ o EIOPA).