Las autoridades de supervisión europeas ponen a consulta la modificación del documento de datos fundamentales para el inversor de los PRIIP
18-10-2019 — AR/2019/057
Las ESA han puesto a consulta la modificación del reglamento delegado de los PRIIP en lo que concierne al documento de datos fundamentales para el inversor (KID). Por una parte, proponen cambios en el cálculo de los escenarios de rentabilidad, para evitar falsas expectativas; por otra, incluir en el KID rentabilidades históricas, modificar el cálculo de costes y su presentación, alineándolo a la MiFID II, y modificar las provisiones de los productos multiopcionales; por último, consideran posibles cambios en la exención temporal para aplicar la normativa PRIIP a los fondos UCITS a partir del 1-1-2022.
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Las Autoridades Europeas de Supervisión (ESA, por sus siglas en inglés) publicaron, el 16-10-2019, una consulta para la modificación del reglamento delegado de los PRIIP1 en relación con el documento de datos fundamentales para el inversor (KID, por sus siglas en inglés).
Los principales objetivos de la consulta son:
- permitir la aplicación adecuada del KID de los PRIIP para los fondos sujetos a la normativa UCITS2 cuando finalice la exención temporal de estos fondos para la aplicación de esa normativa;
- abordar los principales cambios regulatorios necesarios para subsanar las deficiencias identificadas en la aplicación del KID de los PRIIP desde su entrada en vigor.
Esta propuesta es consecuencia de la consulta previa que publicaron las ESA, en noviembre de 2018, que, aun con objetivos similares, proponía modificaciones más específicas. Sobre las respuestas a esta consulta, en febrero de 2019, las ESA decidieron ampliar la exención temporal de la aplicación de la normativa de los PRIIP a los fondos UCITS y aplazar la revisión para proponer modificaciones más sustanciales en 2019.
El plazo para el envío de comentarios a la consulta pública finaliza el 13-1-2020.
El documento de consulta propone cambios relacionados con los siguientes ámbitos:
Metodología para el cálculo de los escenarios esperados de rentabilidad
Se ha demostrado que la forma actual de presentación de los escenarios esperados de rentabilidad provoca expectativas inapropiadas en los inversores. En consecuencia, se propone una posible alternativa para la presentación de escenarios de rentabilidad eliminando el escenario estresado y manteniendo únicamente los escenarios favorable, desfavorable y moderado. También se indicará el rendimiento mínimo de las inversiones.
La consulta, en definitiva, incorpora una propuesta de nueva metodología de cálculo de los escenarios de rentabilidad.
Como parte de esta revisión, la Comisión Europea, en cooperación con las ESA, está realizando pruebas entre los consumidores para evaluar la eficacia de las diferentes presentaciones de los escenarios de rendimiento. Los resultados se esperan para el primer trimestre de 2020.
Inclusión de rentabilidades históricas
Se propone incluir en el KID de los PRIIP información sobre las rentabilidades históricas. Por el momento, solo se ha propuesto para determinados tipos de productos (entre ellos, para los fondos UCITS y AIF y otros productos PRIIP con periodos recomendados de mantenimiento de más de 10 años).
Metodología del cálculo de costes y su presentación
La propuesta de modificación del reglamento presenta varias opciones para cambiar sustancialmente las metodologías de cálculo de costes y las fórmulas de presentación con cuadros resumidos.
De entre estas opciones, las ESA identifican cuál es su opción preferida, por considerar que es la que mejor se alinea con MiFID II e incluye información sobre los componentes de los costes que resulta útil para los inversores y para las entidades que utilizan esa información (asesores y comercializadores).
Productos multiopcionales
Se proponen modificaciones de determinadas provisiones de las normas sobre los PRIIP, que ofrecen una gama de opciones para la inversión. Son los llamados “productos multiopcionales” o MOP, por sus siglas en inglés.
Exención temporal de la aplicación de la normativa PRIIP para los fondos UCITS
Adicionalmente, la consulta estudia los posibles cambios para eximir temporalmente de la aplicación de la normativa PRIIP a los fondos UCITS. Dicha exención, en vigor hasta el 31 de diciembre de 2019, ha permitido que a las sociedades gestoras y personas que asesoren o vendan participaciones en instrumentos sujetos a las normas sobre UCITS no se les exija el KID de PRIIP, sino únicamente el KIID de los UCITS. Ambos documentos deberán coexistir a partir del 1-1-2022.