Nuevo retraso en la aplicación de las normas técnicas del reglamento de divulgación
30-11-2021 — AR/2021/168
La Comisión Europea anuncia al Parlamento Europeo y al Consejo un retraso de seis meses adicionales para la aplicación de las normas técnicas de regulación del reglamento de divulgación, que serán exigibles a partir del 1-1-2023.
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El 25-11-2021, la Comisión Europea comunica al Parlamento Europeo y al Consejo que la aplicación de las normas técnicas de regulación (RTS, por sus siglas en inglés) del reglamento de divulgación1 (SFDR, en siglas inglesas) se retrasa hasta el 1-1-2023.
Se añade, pues, una prórroga de seis meses a la fecha prevista por la Comisión en su última carta, que señalaba que las RTS debían aplicarse a partir del 1-7-2022.
Justificación de la prórroga
El motivo que señala la Comisión es la necesidad de tiempo adicional para preparar, aprobar y poner en vigor el futuro acto delegado, por su extensión y detalle técnico.
Este acto delegado consolidará las RTS del SFDR y del reglamento de taxonomía2, este último en lo que respecta a la información de los productos sostenibles, cuya versión final fue presentada por las autoridades europeas de supervisión el 22-10-2021.
Además, con esta prórroga la Comisión pretende facilitar la implementación del SFDR a fabricantes, asesores financieros y entidades supervisoras.
Implicaciones de la nueva prórroga
Este aplazamiento en la aplicación de las RTS implica el retraso en el cumplimiento de distintos requisitos del SFDR.
Así:
- en relación con la divulgación de información de los productos sostenibles (artículos 8 y 9 de SFDR), los nuevos modelos se aplicarán a partir del 1-1-2023;
- respecto a la obligación de publicar una declaración de principales incidencias adversas sobre los factores de sostenibilidad conforme al modelo estandarizado de las RTS, la Comisión aclara que deberá hacerse antes del 30-6-2023; por tanto, el primer período de referencia para el cálculo de principales incidencias adversas comprenderá del 1-1-2022 al 31-12-2022.