Opinión de la EBA sobre la transición de PSD 1 a PSD 2

21-12-2017 — AR/2017/120

Esta opinión, dirigida a las autoridades de cada Estado, aclara que los estándares técnicos de regulación (RTS) de PSD 2 se deben cumplir aunque aún no estén adaptados a los derechos nacionales. Asimismo, fija el calendario y situación de cada uno de esos 12 RTS.

La Autoridad Bancaria Europea (EBA, por sus siglas en inglés) ha publicado ayer una opinión dirigida a las autoridades competentes sobre la transición de la actual Directiva 2007/64/CE sobre servicios de pago en el mercado interior (PSD1) a la Directiva (UE) 2015/2366 sobre servicios de pago en el mercado interior (PSD2), cuya fecha límite de transposición por los Estados miembros es el 13-1-2018.

La EBA es responsable del desarrollo de un total de 12 normas técnicas de regulación (RTS) y directrices, que cubren una serie de áreas de PSD2, incluyendo las relativas a autorización, pasaporte, seguridad de los pagos, acceso a las cuentas y protección al consumidor. No obstante, algunas de las RTS de la EBA aún no serán aplicables, principalmente porque su tramitación no ha finalizado aún.

La EBA aclara que, si alguna de las RTS o directrices de los mencionados anteriormente no se aplica aún, la disposición subyacente del instrumento nacional de transposición de PSD2 sí lo hace. Asimismo, también aclara determinadas cuestiones relativas a la aplicación de los períodos transitorios previstos en PSD2, el acceso a la información sobre cuentas de pago y la aplicación de medidas de autenticación reforzada, entre otras.

Por otra parte, la EBA aclara que, de los documentos mencionados:

a)   En la fecha límite de transposición de PSD2 entrarán en vigor los siguientes:

  •  RTS sobre pasaportes.
  •  Directrices sobre autorización y registro.
  • Directrices sobre el importe mínimo del seguro de responsabilidad profesional.

b)   Serán aplicables en el primer trimestre de 2018 los siguientes:

  • Directrices sobre notificación de incidentes.
  • Directrices sobre los procedimientos establecidos por las autoridades nacionales competentes para las reclamaciones sobre presuntas infracciones.
  • Directrices sobre gestión de riesgos operativos y de seguridad.

c)   Se han presentado ya a la Comisión de la UE los siguientes:

  • RTS sobre autenticación reforzada de clientes y de estándares de comunicación abiertos comunes y seguros.
  • RTS y normas técnicas de ejecución (ITS) sobre el registro de la EBA.
  • RTS sobre puntos de contacto central.

d)   Serán presentados a la Comisión de la UE a principios del segundo trimestre de 2018 los RTS sobre cooperación entre Estados miembro de origen y de acogida.

e)   Finalmente, la EBA también está desarrollando directrices sobre la comunicación de fraudes, cuya fecha de aplicación aún se desconoce y se decidirá más adelante.