Se publica el Real Decreto 62/2018, que modifica los supuestos de liquidez en planes de pensiones y sistemas análogos

13-02-2018 — AR/2018/013

Publicación en el BOE del Real Decreto 62/2018, de 9 de febrero, que modifica el Reglamento sobre los compromisos de las empresas con los trabajadores y beneficiarios y el Reglamento de planes y fondos de pensiones, para que los partícipes de los planes de pensiones puedan disponer anticipadamente de sus derechos consolidados, se adecuen a la normativa de capital riesgo y gestión colectiva, se reduzcan las comisiones máximas de las gestoras de los planes y las entidades depositarias.

El pasado sábado 10-2-2018 se publicó en el BOE el Real Decreto 62/2018, de 9 de febrero por el que se modifica el Reglamento sobre la instrumentación de los compromisos por pensiones de las empresas con los trabajadores y beneficiarios, aprobado por el Real Decreto 1588/1999, de 15 de octubre, y el Reglamento de planes y fondos de pensiones, aprobado por el Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero.

Este real decreto tiene por objeto:

  1. Permitir que los partícipes de los planes de pensiones del sistema individual y asociado puedan disponer anticipadamente del importe, total o parcial, de sus derechos consolidados correspondiente a aportaciones realizadas con al menos diez años de antigüedad. En el caso de los partícipes de los planes de pensiones del sistema de empleo se supedita la disposición anticipada a que lo permita el compromiso y lo prevean las especificaciones del plan, con las condiciones que éstas en su caso establezcan. Los derechos derivados de aportaciones a planes de pensiones efectuadas hasta el 31-12-2015, con los rendimientos correspondientes a las mismas, serán disponibles a partir del 1-1-2025.
  2. Adaptar las referencias normativas relativas a los activos aptos para la inversión de los fondos de pensiones con el fin de alinearlas con la normativa de capital riesgo y gestión colectiva.

  3. Reducir las comisiones máximas a percibir por las gestoras de planes de pensiones y las entidades depositarias.

El real decreto entró en vigor el día siguiente al de su publicación, excepto lo relacionado con la retribución de las sociedades gestoras y depositarias, que lo hará a los dos meses de misma, es decir, en abril de 2018.