Tesoro publica una consulta para la transposición de MiFID II

16-03-2017 — AR/2017/034

El Tesoro publica una consulta  sobre la trasposición en España de la MiFID II, con 19 preguntas, entre otras, las referidas a protección al inversor, incentivos y retrocesiones de terceros, grabación de conversaciones y comunicaciones sobre la negociación por cuenta propia, servicios de recepción, transmisión y ejecución de órdenes de clientes, información a clientes, publicación de órdenes de cliente a precio limitado inmediatamente, clasificación de clientes, municipios y autoridades públicas locales, contrapartes elegibles, características de las ESI, agentes vinculados, etc.

Ayer se publicó en la web del Tesoro una consulta pública para recabar la opinión del sector financiero sobre ciertos aspectos de especial importancia en la trasposición en España de la MiFID II.

Si bien no se descarta que durante el presente ejercicio se amplíe la consulta a otras materias que están siendo objeto de debate en el panorama europeo, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera ha preferido anticipar estas cuestiones a fin de no demorar la redacción del anteproyecto de ley para la transposición de la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativa a los mercados de instrumentos financieros.

La consulta plantea un total de 19 preguntas, entre las que destacamos las siguientes:

Protección al inversor

  • Incentivos y retrocesiones de terceros: además de los supuestos recogidos en la Directiva Delegada para justificar el aumento de la calidad del servicio y, por tanto, mantener el cobro/pago de incentivos de terceros: ¿Considera necesario incluir algún otros supuesto adicional a los ya previstos en la norma?
  • Grabación de conversaciones y comunicaciones relacionadas con las operaciones, relativos a la negociación por cuenta propia y a servicios que estén relacionados con la recepción, transmisión y ejecución de órdenes de clientes, incluso si esas conversaciones o comunicaciones no den lugar a la realización de tales operaciones o a la prestación de tales servicios: ¿Considera necesario ampliar esta obligación a otros servicios relacionados? En caso afirmativo, ¿a cuáles?
  • Información a clientes: ¿Considera positivo que se establezcan uno o varios modelos estandarizados para suministrar información al cliente?
  • Posibilidad de ampliar los requisitos de protección al inversor: ¿Considera necesario o conveniente que la normativa establezca algún requisito adicional?
  • Salvaguarda: ¿Considera necesario o conveniente que la normativa de transposición establezca requisitos adicionales de salvaguarda?

Publicación de órdenes de cliente a precio limitado inmediatamente

  • ¿Está de acuerdo en que se siga considerando cumplida la obligación de hacer pública la orden del cliente inmediatamente con la transmisión de las órdenes a precio limitado en un mercado regulado o en un SMN?

Clasificación de clientes

  • Municipios y autoridades públicas locales: ¿Cree conveniente la adopción de criterios específicos para la cualificación y los conocimientos de los municipios y autoridades públicas locales que soliciten ser tratados como clientes profesionales?
  • Contrapartes elegibles: ¿Sería conveniente incluir algún otro tipo de entidades en la categoría de contraparte elegible? ¿Debería reconocerse a las entidades de terceros países como contrapartes elegibles?

Características de las ESI

  • ESI que sean personas físicas: ¿Considera que las personas físicas deberían poder realizar otro tipo de actividades más allá del asesoramiento financiero?
  • Categorías de las ESI: ¿Considera conveniente mantener las categorías actuales de las ESI? ¿Cree que es preferible una categoría general o por el contrario entiende que algunos tipos de ESI deben mantener su autorización y denominación diferenciada?

Agentes vinculados

¿Cree conveniente ejercer la posibilidad de que las EAFI puedan contratar agentes en los mismos términos que el resto de ESI? ¿Cómo valora la posibilidad de permitir que los agentes vinculados de las ESI puedan tener en depósito dinero o instrumentos financieros?

La consulta pública estará abierta para a la recepción de comentarios hasta el próximo 10-4-2017.