Ya es obligatorio notificar las vulnerabilidades y los incidentes, según el reglamento de ciberresiliencia
14-09-2026 — AR/2026/091
Los fabricantes han de notificar las vulnerabilidades explotadas activamente y los incidentes graves de sus productos con elementos digitales desde el 11-9-2026.
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El Reglamento (UE) 2024/2847,1 conocido como reglamento de ciberresiliencia (o Cyber Resilience Act, CRA), determina que, desde el 11-9-2026, los fabricantes han de notificar:
- las vulnerabilidades explotadas activamente, y
- los incidentes graves de sus productos con elementos digitales.
Aunque este reglamento será aplicable con carácter general desde el 11-12-2027, estas obligaciones de información, previstas en el artículo 14, entran en vigor el 11-9-2026, como se ha dicho.
Resumimos a continuación esta obligación.
Notificación de vulnerabilidades e incidentes
Desde esa fecha, los fabricantes tienen que notificar a:
- el Equipo de Respuesta ante Incidentes de Seguridad Informática (CSIRT en siglas inglesas), que tengan como coordinador, y
- la Agencia de la Unión Europea para la Ciberseguridad (ENISA, en siglas inglesas),
por la plataforma única de notificación (SRP, de single reporting platform):
- las vulnerabilidades explotadas activamente, es decir, las que tienen pruebas fiables de que se han explotado sin autorización, y
- los incidentes graves que afecten o puedan afectar a la seguridad del producto o permitan introducir o ejecutar código malicioso.
Plazos de notificación
El artículo 14 fija un criterio escalonado de comunicaciones.
Vulnerabilidades explotadas activamente
El fabricante ha de presentar:
- una alerta temprana, en un máximo de 24 horas desde que tenga conocimiento de la vulnerabilidad;
- una notificación más completa, en un máximo de 72 horas, y
- un informe final, en un máximo de 14 días desde que esté disponible una medida correctora o paliativa.
Incidentes graves
Asimismo, tiene que presentar:
- una alerta temprana, en un máximo de 24 horas;
- una notificación detallada, en un máximo de 72 horas, y
- un informe final, en el plazo de un mes desde la notificación anterior.
El equipo de respuesta coordinador podrá solicitar, además, un informe provisional sobre la evolución de la vulnerabilidad o del incidente.
Información a los usuarios
Los fabricantes tienen que:
- informar también a los usuarios afectados y, cuando proceda, a todos los usuarios del producto, e
- indicar las medidas que pueden tomar para reducir los riesgos o mitigar sus consecuencias.
Productos afectados
Estas obligaciones no solo se aplican a los productos que se comercialicen a partir del 11-9-2026, sino también a los productos con elementos digitales ya introducidos en el mercado y comprendidos en el ámbito de aplicación del reglamento.
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