Por fin llega la ley de startups

Tras más de cuatro años de negociación, la iniciativa de fomento de las empresas emergentes se materializa en una ley necesaria y muy esperada por todos los participantes del sector

Publicado en El Confidencial el 20-12-2022

20-12-2022 — CM/2022/093

Durante estos cuatro años de paciente espera de la norma, el volumen de inversión media por operación en startups (empresas emergentes especialmente centradas en nuevas tecnologías) casi se ha triplicado en España.

Barcelona y Madrid ocupan los lugares tercero y décimo, respectivamente, del ranking de ciudades europeas del ecosistema emprendedor, elaborado por la plataforma Startup Heatmap, clasificación que lideran Berlín y Londres. Algunos países de la Unión Europea llevan años invirtiendo y fomentando el emprendimiento con el objetivo de retener el talento y promover un ecosistema que atraiga capitales y permita el desarrollo de empresas europeas basadas en la innovación.

Fue en diciembre de 2018 cuando el Gobierno español manifestó su intención de aprobar una norma que favoreciera a las empresas emergentes. Sin embargo, la pandemia de la COVID-19 y la concurrencia de factores políticos y económicos condicionaron que el procedimiento legislativo se pospusiera.


El 1 de diciembre, tras cuatro años de deliberaciones, el Congreso aprobó la ley de startups, que se espera que entre en vigor en enero de 2023


El pasado 1 de diciembre, tras cuatro años de deliberaciones e intercambios de enmiendas, el Congreso de los Diputados aprobó finalmente la Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes (conocida como “ley de startups”), que se espera que entre en vigor en enero de 2023.

Esta nueva y anhelada ley potencia la atracción de inversores a nuestro país con beneficios fiscales, mercantiles y laborales dirigidos a las empresas emergentes, a sus inversores, emprendedores y empleados. Este primer paso debe servir para fomentar el sector del emprendimiento en España que, a pesar de no disponer hasta la fecha de un marco normativo más atractivo, ha conseguido posicionarse como uno de los de más potencial en la Unión Europea.

Si analizamos las empresas líderes en el mundo, un gran número de ellas, las conocidas como “big tech”, fueron en sus inicios startups. Los cambios tecnológicos y demográficos están cambiando enormemente la sociedad y con ello, la economía. Por eso es crítico que tanto la Unión Europea como, en nuestro caso, España fomenten un “ecosistema” en el que se retenga el talento nacional, se atraiga el extranjero y se puedan desarrollar las ideas del futuro. Y la ley de startups es un paso en la buena dirección.

El primer requisito para que una entidad aproveche esos beneficios es que encaje en la condición de emergente: empresa con sede en España, con una antigüedad máxima de cinco años (siete en determinados sectores de la industria tecnológica) y que desarrolle un proyecto de emprendimiento innovador con un modelo de negocio escalable.

El legislador cataloga el resto de las condiciones de accesibilidad a este régimen normativo bajo la “obligación de no hacer”, vetando el reparto pasado, presente y futuro de dividendos, la posibilidad de cotizar en un mercado regulado, limitando el volumen de actividad anual a un máximo de diez millones de euros y no tener su origen en una operación de reestructuración de empresas que no posean el carácter de emergentes.

Las entidades que superen el procedimiento de evaluación de ENISA (Empresa Nacional de Innovación SME) por reunir los parámetros descritos y, en consecuencia, obtengan la calificación de “empresa emergente” tributarán en los impuestos sobre sociedades y sobre la renta de no residentes a un tipo del 15 % durante los cuatro primeros períodos impositivos en los que su base imponible sea positiva. Además, promueve, como mecanismo de retribución, la entrega de stock options (compra de acciones de la empresa a un precio y durante un periodo determinados) a los trabajadores de estas compañías incrementando el importe exento, que pasa de 12.000 a 50.000 euros anuales.

Para captar y retener el talento digital nacional e internacional, fomentando así el asentamiento en España de los llamados nómadas digitales, la norma flexibiliza los requisitos para beneficiarse del régimen fiscal de impatriados (conocido como ley Beckham).

Asimismo, esta ley regula el tratamiento fiscal del denominado carried interest obtenido por los administradores, empleados o gestores de fondos de capital riesgo, precisamente por su condición de “gestores” de adquirir unas acciones privilegiadas que, a un precio más reducido, otorgan el derecho a una comisión de éxito. Si bien califica esta retribución como rendimiento del trabajo en el IRPF, tributará solo el 50 % del importe percibido por este concepto bajo ciertas condiciones.

La norma atribuye a la Agencia Tributaria la facultad de comprobar que se cumplen y mantienen vigentes los requisitos exigidos para beneficiarse de los incentivos fiscales descritos.

Con este ámbito jurídico propio para las startups, el Ejecutivo prevé un incremento mínimo del 20 % sobre la inversión actual.

La aprobación de esta norma no ha sido la única novedad legislativa del 2022. En septiembre se promulgó la Ley de creación y crecimiento de empresas (conocida como ley «crea y crece»), que nace para impulsar el crecimiento del tejido empresarial español. Este texto normativo —dirigido sobre todo a pymes— reduce el coste económico asociado a la creación de una empresa y simplifica los trámites para su constitución.

Creemos que este auxilio normativo, dirigido a un sector específico en pleno auge, puede ayudar a mejorar la posición económica de España, si bien es cierto que, en algunos aspectos, la norma es poco ambiciosa. Se trata de un paso en la buena dirección, pero creemos que tiene recorrido de mejora en los incentivos fiscales (especialmente los ligados a las stock options o al régimen de carried interest), así como en la reducción de costes y procedimientos administrativos para la constitución y mantenimiento de compañías. También hubiese sido deseable mejorar algunas de las barreras actuales del sandbox y permitir una definición más flexible de startups, dado que estas pueden tener características muy distintas en función del sector de actividad.

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