Algunas cuestiones sobre la proposición de ley para la transformación digital de España
30-07-2021 — AR/2021/121
El Grupo Parlamentario Popular del Congreso ha presentado una proposición de ley en la que plantea las actuaciones y cambios normativos que, a su entender, necesitaría España para aprovechar los avances tecnológicos.
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En la alerta sobre blockchain relacionada con esta, informamos que el Grupo Parlamentario Popular había presentado en el Congreso de los Diputados una proposición de ley para la transformación digital de España, publicada en el boletín de las Cortes el 26-7-2021.
Esta proposición de ley, al margen del trámite parlamentario que tenga, muestra el interés de las Administraciones por la economía digital y ayuda a la reflexión social de cómo pueden contribuir a la adaptación de las empresas españolas al ámbito digital.
El texto propuesto contiene una amplia relación de medidas y actuaciones para aprovechar los avances tecnológicos, con la salvaguarda de los derechos digitales de la ciudadanía.
Exponemos aquí algunos de los conceptos e ideas jurídicas y técnicas contenidas en esa proposición —con la excepción ya citada de lo referente al blockchain— como aportación a esa reflexión general de actualidad.
Gobernanza de la transformación digital
La describe en el título I y alude al papel dinamizador de las Administraciones públicas, en varias facetas:
- La incorporación y el fomento del uso de herramientas digitales, como la inteligencia artificial o el big data, para mejorar las políticas públicas.
- La creación de la Oficina Técnica para la Financiación Digital, que participe y asesore en las actividades de digitalización, y optimice los fondos públicos europeos destinados a estas actividades.
- La ampliación de cometidos del Consejo Consultivo para la Transformación Digital con el fomento de la formación de trabajadores y directivos en el uso de nuevas tecnologías.
Competitividad y competencias digitales
En esta materia, a la que se le dedica el título II de la proposición, destacamos:
- El desarrollo de un plan de digitalización para las pymes que incluya la implantación de un «certificado cien por cien digital».
- Este certificado podría ir vinculado a ciertos beneficios fiscales.
- Podría también convertirse en requisito necesario para obtener ayudas públicas y subvenciones.
- La revisión y adaptación del marco tributario español a las necesidades de la economía digital y la creación de incentivos fiscales para las empresas digitales, como:
- la bonificación del 50 % en la cuota del impuesto de sociedades de las startups durante los dos primeros ejercicios fiscales, o
- la exención en el IRPF del 100 % de las plusvalías obtenidas si se reinvirtieran en acciones o participaciones de otra empresa emergente.
- La modificación de la ley de instituciones de inversión colectiva,1 «de manera que se optimice el tratamiento normativo y fiscal del retorno adicional de la inversión de los gestores en los fondos que gestionan, adecuándolo así al de los principales países de nuestro entorno».
- El desarrollo de una estrategia nacional de innovación educativa digital, destinada a todos los ámbitos del sector educativo nacional, unida al impulso de la innovación tecnológica en los ámbitos laboral y profesional.
- La simplificación de los trámites por las Administraciones públicas para conseguir plazos de 48 horas para la constitución, comienzo de actividades, traspaso o cierre de una startup.
- La promoción por las Administraciones públicas del micromecenazgo (crowdfunding) y la financiación colectiva (crowdlending).
- La creación de un sandbox multisectorial donde empresas de diversos sectores puedan experimentar y validar un producto o servicio, en un entorno ya regulado, con ejecución de programas de forma segura y sin riesgo para el resto de los operadores o usuarios.
- El destino de un mínimo del 2 % del PIB en I+D+i en tecnologías digitales.
Infraestructuras y operadores de comunicaciones electrónicas
Son objeto de atención en el título III.
Aquí se fomentaría el desarrollo de iniciativas para facilitar y agilizar el despliegue de una infraestructura que sostenga el ámbito digital y sus herramientas en núcleos urbanos y en zonas rurales.
Tecnologías para la digitalización
A ellas dedica el título IV, en la que se regularían las siguientes tecnologías:
- robótica inteligente,
- sistemas basados en inteligencia artificial y big data,
- aeronaves no tripuladas (drones),
- vehículos conectados y parcialmente automatizados,
- internet de las cosas (IoT, en siglas inglesas),
- computación en la nube, y
- blockchain (objeto de la alerta relacionada).
Protección digital ciudadana
Tratada en el título V de la proposición, requeriría las siguientes actuaciones:
- Fomentar el respeto a los derechos digitales de los ciudadanos, para lo que se obligaría a las empresas prestadoras de servicios digitales a disponer de herramientas que permitan a los usuarios reclamar el respeto de esos derechos.
- Asegurar una protección especializada y más intensa de los menores.
- Crear una reserva estratégica de talento en ciberseguridad, dependiente del Ministerio de Defensa, formada por reservistas voluntarios que actuarían, como especifica la ley de la carrera militar,2 para salvaguardar los derechos y libertades constitucionales en la red.
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