La EBA pone a consulta sus directrices sobre remuneraciones y sobre gobernanza interna de las empresas de servicios de inversión

29-12-2020 — AR/2020/184

La EBA ha lanzado dos consultas públicas sobre sus directrices sobre la política de remuneraciones y de  gobernanza interna de las empresas de servicios de inversión, a tenor de lo recogido en la Directiva 2019/2034 relativa a la supervisión prudencial de este tipo de empresas.

La finalidad de las directrices, según la Autoridad Bancaria Europea (EBA, en siglas inglesas), es completar y aclarar los procedimientos y mecanismos de las empresas de servicios de inversión (sociedades y agencias de valores, empresas de asesoramiento financiero, etc, en adelante nos referiremos a todas ellas como ESI) sobre gobernanza interna y política de remuneraciones según la Directiva 2019/2034.1

En las directrices sobre las remuneraciones, destaca que la política de remuneraciones debe ser neutral en cuanto al género y alinear la remuneración variable del personal relevante con el perfil de riesgo de la ESI.

En las de gobernanza interna, resalta la gestión de los riesgos en las líneas de defensa y la adopción de estructuras transparentes que permitan la supervisión de todas las actividades de las ESI.

Según el texto actual de ambas directrices, una vez aprobadas, serán de aplicación desde junio de 2021. Sin embargo, se concede a las ESI un plazo adicional para adaptar su política de retribuciones a las directrices, que debe estarlo para el ejercicio de 2022.

Ambas consultas públicas estarán abiertas hasta el 17-3-2021.

A continuación, indicamos los principales aspectos contemplados en las directrices sometidas a consulta pública.

Directrices sobre la política de remuneraciones

Componentes de la remuneración

Señala la EBA en estas directrices que la política de remuneraciones debe especificar todos los componentes de la remuneración, incluida la política de pensiones y, cuando proceda, el marco de las jubilaciones anticipadas.

Esa política ha de contemplar que todos los aspectos de la remuneración son neutrales en cuanto al género, y, además, las ESI deben poder demostrarlo frente al supervisor.

Ámbito y coherencia del marco retributivo

Asimismo, debe recoger un marco retributivo no solo para los empleados sino también para otras personas que actúen en nombre de la entidad como, por ejemplo, los agentes vinculados.

La política de remuneraciones para todo el personal debe ser coherente con:

  • los objetivos de la estrategia comercial;
  • la cultura y los valores corporativos;
  • las medidas para evitar conflictos de intereses; y
  • los objetivos de la estrategia de riesgo y el apetito al riesgo de la empresa de servicios de inversión;  incluyendo los ambientales, sociales y de gobernanza (ESG, en siglas inglesas).

Transparencia y coherencia de las retribuciones

Las directrices determinan también que las prácticas de remuneración serán transparentes para el personal en lo que respecta a la remuneración fija y a la variable:

  1. la remuneración fija debe ser permanente, predeterminada, no discrecional y no revocable, y
  2. la variable ha de basarse en el rendimiento o, en casos excepcionales, en otras condiciones.

Conforme con estas directrices, las ESI han de asegurarse de que la proporción entre los componentes de la remuneración variable y la remuneración fija para el personal relevante o colectivo identificado se fije independientemente de cualquier posible ajuste de riesgo ex post. Finalmente, deben aplicar medidas específicas y mecanismos de alineación de riesgos, según proceda, para que las categorías del personal relevante en el perfil de riesgo de la entidad estén alineadas con su efecto y con su remuneración.

Directrices de gobernanza interna

El supervisor indica que estos requisitos están sujetos al principio de proporcionalidad; por ello, se aplicarán  teniendo en cuenta  el tamaño, la organización interna, la naturaleza y la complejidad de las actividades de las ESI.

Atención a las tres líneas de defensa

Las directrices aclaran y especifican los requisitos de la normativa destinados a garantizar la buena gestión de los riesgos en las tres líneas de defensa.

Estructuras

El consejo de administración ha de asegurarse de que la estructura de una ESI y, cuando proceda, las estructuras dentro de un grupo, sean claras, eficientes y transparentes para el personal, los accionistas y la autoridad competente.

Las obligaciones del consejo de administración de las ESI deben estar claramente definidas, distinguiendo entre las funciones ejecutivas y no ejecutivas.

En las directrices se especifica que, cuando una empresa de servicios de inversión crea nuevas estructuras como, por ejemplo, entidades dentro de su grupo, las interconexiones y las transacciones entre ellas no deben plantear problemas para la gestión y supervisión efectiva de los riesgos del grupo. Todos los miembros del consejo de administración deben ser conscientes de la estructura y las responsabilidades entre las diferentes funciones y de sus comités, cuando sea necesario.

En cuanto a la composición de los comités y el requisito de contar con miembros independientes, las directrices tienen en cuenta el principio de proporcionalidad.

Seguimiento de las autoridades nacionales competentes

Finalmente, las autoridades competentes velarán por la aplicación efectiva y coherente de la directrices en sus jurisdicciones. Por ello, estas autoridades pueden aclarar, en caso de ser necesario, los órganos y funciones a los que corresponden las tareas y responsabilidades definidas en las directrices.

Por este motivo, no sería descartable que la CNMV emitiera algún tipo de documento guía o de preguntas y respuestas sobre el asunto.


Directiva (UE) 2019/2034 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2019, relativa a la supervisión prudencial de las empresas de servicios de inversión, y por la que se modifican las Directivas 2002/87/CE, 2009/65/CE, 2011/61/UE, 2013/36/UE, 2014/59/UE y 2014/65/UE