El Comité Europeo de Protección de Datos aclara cuestiones sobre tratamientos de datos de salud

17-03-2020 — AR/2020/041

El Comité Europeo de Protección de Datos ha emitido una declaración sobre al tratamiento de datos personales, ante el brote de enfermedad originado por el virus COVID-19, en la que clarifica los casos en los que la norma permite el tratamiento de datos relativos a la salud sin el consentimiento del interesado.

El Comité Europeo de Protección de datos ha emitido, el 16-3-2020, una declaración sobre el tratamiento de datos personales en el contexto del COVID-19.1

En ella, el presidente del Comité recuerda que las normas de protección de datos no deben obstaculizar las medidas adoptadas por la pandemia del coronavirus, pues la propia norma prevé el tratamiento de datos relativos a salud sin contar con el consentimiento del interesado:

  • por razones de interés público en el ámbito de la salud pública,
  • para proteger intereses vitales, o
  • para el cumplimiento de obligaciones legales,

como así lo recogen los artículos 6 y 9 del Reglamento General de Protección de Datos [RGPD]).

En relación con los tratamientos de datos derivados de la localización de móviles, recuerda que:

  • se deben aplicar garantías adicionales, como la anonimización de dichos datos, y
  • los Estados miembros pueden dictar medidas legislativas que persigan la seguridad pública, siempre que sean necesarias, apropiadas y proporcionadas, en una sociedad democrática, cuando no sea posible tratar únicamente datos anónimos, como permite la directiva e-privacy.2

1 «Declaración del presidente de EDPB sobre el procesamiento de datos personales en el contexto del brote de COVID-19».
2 Directiva 2002/58/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de julio de 2002, relativa al tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas (Directiva sobre la privacidad y las comunicaciones electrónicas).