El Consejo de Ministros aprueba la reforma de la ley del mercado de valores y de los servicios de inversión

28-06-2022 — AR/2022/079

La nota de prensa, con la referencia de lo aprobado en el Consejo, incluye un  proyecto de reforma de la ley del mercado de valores y de los servicios de inversión, que incorporará varias normas europeas de reciente o inminente aprobación.

El Consejo de Ministros, en su sesión del día 27-6-2022, ha publicado una nota de prensa en la que indica que ha aprobado el proyecto de reforma de la ley del mercados de valores (LMV) y de los servicios de inversión.

Según indica la nota, el proyecto de ley, que aún no se ha hecho público, tiene como objetivo principal la modernización de los mercados de valores e incluye medidas para mejorar:

  1. la capacidad de los mercados de valores para financiar a las empresas españolas, y
  2. la protección de los inversores.

Capacidad de los mercados de valores para financiar las empresas españolas

La mejora de esta capacidad se centra en facilitar la financiación no bancaria de las empresas, con medidas como:

  • la simplificación del proceso de emisión de valores de renta fija;
  • la aplicación del régimen de ofertas públicas de adquisición de acciones al segmento de pymes en expansión,
  • la ampliación de la definición de pyme, y
  • modificaciones relacionadas con los servicios de inversión para favorecer la recapitalización de empresas y facilitar inversiones en economía real.

Protección de los inversores

Respecto a este asunto, la nota de prensa anuncia que:

  • cualquier instrumento financiero podrá representarse con la tecnología de registro descentralizado (conocida por las siglas TRD o DLT, siglas inglesas de distributed ledger technology);
  • incluirá las previsiones necesarias para que la ley del mercado de valores esté preparada para cuando se apruebe el reglamento sobre MiCA,1 dotando a la CNMV de las competencias necesarias para asegurar la protección de los inversores y la estabilidad financiera en este ámbito;
  • también incluye lo necesario para aplicar el «Pilot Regime»;2
  • incorpora asimismo una reforma de la ley de sociedades de capital3 para proteger a los inversores en adquisiciones de las empresas de adquisición con propósito especial, conocidas como SPAC (special purpose acquisition company), y
  • por último, incorpora la Directiva 2019/2034,4 sobre régimen prudencial de empresas de servicios de inversión.

Estaremos atentos a la publicación del texto que se remita a las Cortes Generales para informar con más detalle de todas las novedades de esta reforma.


1 Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los mercados de criptoactivos, y por el que se modifica la Directiva (UE) 2019/1937.
2 Reglamento (UE) 2022/858 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2022, sobre un régimen piloto de infraestructuras del mercado basadas en la tecnología de registro descentralizado y por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 600/2014 y (UE) n.º 909/2014 y la Directiva 2014/65/UE.
3 Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
4 Directiva (UE) 2019/2034 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2019, relativa a la supervisión prudencial de las empresas de servicios de inversión, y por la que se modifican las Directivas 2002/87/CE, 2009/65/CE, 2011/61/UE, 2013/36/UE, 2014/59/UE y 2014/65/UE.