El Parlamento amplía de nuevo la prórroga para implantar el documento de datos fundamentales para el inversor

26-11-2021 — AR/2021/163

El Parlamento Europeo ha enmendado las propuestas de reglamento y directiva que modifican el documento de datos fundamentales para el inversor para ampliar la prórroga de la exención hasta el 31-12-2022, entre otras modificaciones.

El Parlamento Europeo ha publicado, el 23-11-2021, dos informes de enmiendas sobre las propuestas de modificación de:

  • el reglamento sobre los productos de inversión minorista empaquetados y basados en seguros1 (PRIIP, en siglas inglesas),
  • la directiva que regula los organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios2 (UCITS, en siglas inglesas).

En concreto, los informes se refieren, respectivamente, a:

  1. El borrador de reglamento delegado3 que modifica el Reglamento Delegado (UE) 2017/6534 (conocido como «Quick-fix de PRIIP»).
    • En cuanto a la prórroga de la exención temporal para las instituciones de inversión colectiva de elaborar un documento de datos fundamentales para el inversor (DFI o KID por sus siglas inglesas), de conformidad con el reglamento sobre los PRIIP.
  2. La propuesta de directiva que modifica la directiva sobre los UCITS en lo que respecta al DFI (conocida como «Quick-fix de UCITS»).

Próximamente deberán publicarse los textos definitivos, incluyendo estas enmiendas, en el Diario Oficial de la Unión Europea.

A continuación, remarcamos las cuestiones relevantes de ambos informes de enmiendas.

Informe de enmiendas al «Quick-fix de PRIIP»

El informe amplía hasta el 31-12-2022 la exención temporal para las instituciones de inversión colectiva de elaborar el DFI de conformidad con el reglamento sobre los PRIIP, a fin de «garantizar que se atienda esta necesidad de dar tiempo suficiente (a las entidades) para prepararse».

Por tanto, las entidades tendrán que proporcionar a los clientes el DFI conforme al reglamento sobre PRIIP para las instituciones de inversión colectiva a partir del 1 de enero de 2023.

Esta ampliación supone una prórroga adicional de 12 meses a la actual, que finaliza el 31-12-2021.

Informe de enmiendas a la «Quick-fix de UCITS»

Este informe confirma que ya no será necesario elaborar un DFI de conformidad con la directiva UCITS cuando se elabore de conformidad con el reglamento PRIIP, pues ambos cumplen con los mismos requisitos de información.

En este sentido, incluye una distinción según la categoría de cliente al que se dirige el producto:

  1. Minoristas: se les entregará el DFI conforme al reglamento de los PRIIP. Busca evitar que reciban ambos documentos para el mismo producto, a partir del 1-1-2023.
  2. No minoristas (a los que no se les aplica el reglamento de los PRIIP): se les entregará un DFI según la directiva de los UCITS, a menos que las gestoras decidan elaborar un DFI conforme al reglamento PRIIP (porque así lo elijan o porque dispongan de este producto también para inversores minoristas).

1 Reglamento (UE) n.° 1286/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los documentos de datos fundamentales relativos a los productos de inversión minorista empaquetados y los productos de inversión basados en seguros.
2 Directiva 2009/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, por la que se coordinan las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas sobre determinados organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (OICVM).
3 Reglamento Delegado (UE) …/… de la Comisión de 7-9-2021 por el que se modifican las normas técnicas de regulación establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2017/653 de la Comisión en lo que respecta a la metodología subyacente y la presentación de los escenarios de rentabilidad, la presentación de los costes y la metodología para el cálculo de los indicadores resumidos de costes, la presentación y el contenido de la información sobre rentabilidad histórica y la presentación de los costes de los productos de inversión minorista empaquetados y productos de inversión basados en seguros (PRIIP) que ofrecen diversas opciones de inversión, así como a la adaptación de la disposición transitoria aplicable a los productores de PRIIP a que se refiere el artículo 32 del Reglamento (UE) n.º 1286/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo que ofrecen participaciones en fondos como opciones de inversión subyacentes a la disposición transitoria ampliada establecida en dicho artículo.
4 Reglamento Delegado (UE) 2017/653 de la Comisión, de 8 de marzo de 2017, por el que se completa el Reglamento (UE) n.° 1286/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los documentos de datos fundamentales relativos a los productos de inversión minorista empaquetados y los productos de inversión basados en seguros, mediante el establecimiento de normas técnicas de regulación respecto a la presentación, el contenido, el examen y la revisión de los documentos de datos fundamentales y las condiciones para cumplir el requisito de suministro de dichos documentos.