La CNMV aprueba la guía técnica sobre el procedimiento de autorización de nuevas entidades

 

04-12-2019 — AR/2019/067

La CNMV publica la Guía Técnica 3/2019 con el objetivo de agilizar los procedimientos de autorización de nuevas entidades. El documento contiene recomendaciones y buenas prácticas dirigidas a mejorar la calidad de las solicitudes recibidas en la CNMV, que permitirá reducir significativamente el plazo de tramitación. Entre otras mejoras, se introduce la posibilidad de presentar un formulario de prenotificación con los principales datos de la nueva entidad y realizar reuniones previas aclaratorias  con el equipo promotor.

El 28-11-2019, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) publicó la «Guía Técnica 3/2019 sobre procedimientos de autorización de nuevas entidades (ESI, SGIIC, SGEIC y PFP)».

Su finalidad es simplificar estos procedimientos, en general complejos y laboriosos debido a una normativa que impone condiciones muy exigentes para las autorizaciones.

La guía se dirige a promotores de empresas de servicios de inversión (ESI), sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva (SGIIC), sociedades gestoras de entidades de inversión colectiva de tipo cerrado (SGEIC) y plataformas de financiación participativa (PFP).

Según la CNMV, muchos proyectos presentan problemas que dificultan su tramitación ágil y eficaz. En algunos casos, por la complejidad del expediente; en otros, porque el proyecto no está lo suficientemente maduro y definido en los aspectos fundamentales, y, en otras ocasiones, por la  documentación insuficiente.

Entre las novedades más importantes destacan las siguientes:

Aplicación proporcionada de los requisitos

La CNMV seguirá criterios de proporcionalidad durante los procedimientos de autorización, según la naturaleza, escala y complejidad de la nueva entidad.

Los promotores deberán aportar argumentos para aplicar esos criterios.

Prenotificación

Antes de enviar la solicitud de autorización al registro oficial, se recomienda a los promotores mantener una o varias reuniones con la CNMV para que esta conozca las características del proyecto y pueda dar orientaciones preliminares.

El objetivo de dichas reuniones será:

  • comentar los aspectos legales más relevantes;
  • identificar la documentación requerida y evitar declaraciones o informaciones incompletas;
  • detectar potenciales problemas o aspectos concretos que tengan que aclararse o analizarse;
  • informar adecuadamente al interesado sobre cuestiones procedimentales;
  • valorar el proyecto por el Departamento de Autorización y Registro de Entidades de la CNMV (DARE).

Para que estas reuniones resulten útiles, la CNMV recomienda que sean presenciales y asistan, además del promotor del proyecto, el consejero delegado o director general de la nueva entidad, y el asesor legal si lo hubiera.

Las reuniones se mantendrán al menos un mes antes de la fecha esperada de notificación formal y el proyecto deberá estar suficientemente maduro y definido en sus aspectos fundamentales.

La fase de prenotificación se inicia con la presentación de un formulario específico con información básica sobre la nueva entidad, que busca facilitar la identificación de los aspectos más relevantes para el trámite de su solicitud antes de la presentación formal. En concreto, la prenotificación contiene datos del accionariado, del órgano de administración, del grupo consolidable, del modelo de negocio, del programa de actividades y de la estructura organizativa.

Este formulario o cualquier cambio en la información aportada podrá presentarse a través del buzón electrónico dare@cnmv.es.

Presentación de la solicitud

La principal novedad respecto al trámite de la solicitud formal de autorización es la presentación por el promotor de una declaración con los documentos aportados y las comprobaciones realizadas sobre la coherencia y suficiencia de la información.

El objetivo es reducir significativamente las comprobaciones que la CNMV tiene que efectuar y, en consecuencia, el plazo de tramitación.

La CNMV aplicará estas recomendaciones y buenas prácticas, que buscan simplificar y racionalizar los procedimientos de autorización, en el ejercicio de su potestad de aprobación de nuevas entidades.

Esperamos que estas mejoras sirvan para agilizar los procedimientos de autorización, que actualmente tienen una duración media de ocho meses.