La CNMV presenta su plan de actividades para el 2018

14-02-2018 — AR/2018/014

El plan de actividades de La CNMV para el 2018 recoge hasta 50 actuaciones u objetivos, reafirmando las cuatro líneas estratégicas ya definidas hace un año e incluyendo una nueva sobre el impacto de los desarrollos tecnológicos en los servicios financieros. Agrupa en cuatro bloques sus objetivos: mejoras en el funcionamiento de la CNMV;  supervisión de los mercados; supervisión de los intermediarios financieros; relación con los inversores y otras partes interesadas.

El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), D. Sebastián Albella, ha presentado hoy el plan de actividades de dicho organismo para el 2018 en el cual se recogen hasta 50 actuaciones u objetivos que la CNMV desarrollará a lo largo de este ejercicio.

En la comparecencia se han reafirmado las cuatro líneas estratégicas ya definidas hace un año y se ha destacado la inclusión de una nueva línea en atención al creciente impacto de los desarrollos tecnológicos en los servicios financieros, siendo todas estas las siguientes:

  1. Prioridad de la supervisión y a la promoción de la transparencia e integridad del mercado.
  2. Contribución a potenciar el atractivo y competitividad de los mercados financieros españoles.
  3. Atención y fomento de la estabilidad financiera.
  4. Educación financiera y atención a los inversores.
  5. El fomento de los desarrollos tecnológicos y prevención de sus potenciales riesgos asociados.

A continuación, agrupado en cuatro bloques, destacamos los objetivos más relevantes, así como aquellas cuestiones destacables de la presentación que se ha llevado a cabo del Plan de Actividades:

1. Mejoras en el funcionamiento de la CNMV

Se reitera la intención de la CNMV de aprovechar las ventajas que puede ofrecerle la transformación digital, mejorar la eficiencia en sus actuaciones y poner en marcha distintas iniciativas que tienen como finalidad hacer de la CNMV una institución abierta a la innovación tecnológica, siendo destacable su intención de analizar las posibles aplicaciones de las nuevas tecnologías de registro descentralizado (blockchain) y de las posibilidades del regtech, así como la publicación de criterios de supervisión con respecto a la comercialización entre inversores de criptomonedas y de las ICO.

2. Supervisión de los mercados

Se destaca la intención de:

  1. Revisar y difundir criterios en materia de publicación de información relevante por las sociedades cotizadas.
  2. Realizar actuaciones dirigidas a optimizar la explotación de los datos derivados del reporte de operaciones y a mejorar su calidad y la de los datos de referencia sobre instrumentos financieros (FIRDS).
  3. Realizar actuaciones específicas de supervisión relacionadas con la aplicación de la NIIF 9 y la NIIF 15 y con el nuevo estado de información no financiera.
  4. Analizar el funcionamiento de las comisiones de nombramientos y retribuciones de las sociedades cotizadas y, en su caso, publicar una guía técnica.
  5. Revisar los criterios sobre publicación de información relevante o privilegiada por los emisores de valores.
  6. La publicación de criterios en materia de opas y salidas a bolsa mediante la técnica de preguntas y respuestas (Q&A).

3. Supervisión de los intermediarios financieros

Resulta destacable la intención de la CNMV de:

  1. Aprobar medidas restrictivas en relación con la operativa con opciones binarias y contratos por diferencias (CFD) coherentes con lo que se decida al nivel de ESMA en este ámbito.
  2. Poner en marcha los procesos de autorización, registro y supervisión de los administradores de índices, así como la supervisión del uso de índices por entidades supervisadas y de la contribución de datos a índices de referencia, en cumplimiento del reglamento europeo sobre la materia.
  3. Elaborar una propuesta de reforma normativa en relación con las plataformas de financiación participativa.
  4. Modificar la Circular 4/2008 sobre el contenido de los informes de instituciones de inversión colectiva (IIC) como consecuencia de las obligaciones previstas en la normativa MiFID II respecto a la información que deben proporcionar las sociedades gestoras de IIC a los comercializadores relacionada con los costes no incluidos en el documento de datos fundamentales para el inversor, así como la Circular 1/2010 sobre información reservada de las entidades que prestan servicios de inversión, con el fin de corregir ciertas deficiencias, como la ausencia de información sobre el detalle y volumen de buena parte de los instrumentos financieros de los que son titulares los clientes.
  5. Revisar el cumplimiento de la regulación o el proceso de la adaptación de:
  • Los criterios contenidos en la Guía Técnica 2/2017 sobre operaciones vinculadas relativas a instrumentos financieros realizadas por las sociedades gestoras de IIC.
  • La publicidad de las IIC, con la intención de fijar criterios que sirvan de orientación al mercado y el cumplimiento de lo dispuesto en la Orden EHA/1717/2010, de 11 de junio, de regulación y control de la publicidad de servicios y productos de inversión y del artículo 60 del Real Decreto 217/2008, de 15 de febrero.
  • Las nuevas obligaciones de información relativas a incentivos y costes de MiFID II. Esta revisión se centrará en la información previa y a posteriori sobre incentivos y costes de las operaciones con instrumentos financieros, aunque podría extenderse al cumplimiento de otras obligaciones o prohibiciones relacionadas con incentivos, por ejemplo, la prohibición de cobro de incentivos vinculados a la prestación del servicio de gestión de carteras y asesoramiento independiente. El objetivo será obtener información sobre el nivel de la adaptación de las entidades en estos ámbitos e identificar eventuales debilidades en una fase inicial.
  • Los requisitos informativos del Reglamento PRIIP. En particular, se procederá, por un lado, a la revisión del contenido de los DFI de productos con especial interés supervisor, distintos de las IIC, como los productos estructurados o los derivados OTC y, por otro, a la revisión del contenido del DFI establecido para determinadas entidades de capital riesgo.
  • El grado de cumplimiento de las restricciones sobre CFD y opciones binarias. Esta revisión consistirá en el análisis del cumplimiento de las nuevas restricciones que aprueben ESMA y la CNMV.
  • Los procedimientos de selección de intermediarios financieros en el ámbito de las sociedades gestoras de IIC (relacionado con la regla de mejor ejecución). La revisión se centrará en analizar los intermediarios con los que está operando cada gestora prestando atención a las comisiones aplicadas, la efectiva prestación del servicio en caso de interposición y la adecuada selección del intermediario, en especial cuando existan conflictos de interés.

4. Relación con los inversores y otras partes interesadas

Se destaca la intención de:

  1. Identificar buenas prácticas de difusión de información por emisores y sus relaciones con los medios de comunicación.
  2. Abrir una delegación de la CNMV en Bilbao.
  3. Analizar el sector financiero no bancario en España (intermediarios financieros).
  4. Crear un observatorio sobre el shadow banking en España (financiación crediticia a través del mercado de capitales/no bancaria).
  5. Analizar detalladamente los resultados de la encuesta de competencias financieras.
  6. Promocionar la presencia del personal español en organismos europeos del sector financiero.
  7. Firmar un acuerdo de cooperación multilateral de IOSCO.