La CNMV y el ICAC actualizan su comunicado para guiar la elaboración del estado de información no financiera

25-11-2025 — AR/2025/110

El documento recoge nuevos criterios en relación con el estado de información no financiera en el contexto actual de simplificación de la normativa de sostenibilidad.

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) publicaron, el 19-11-2025, un comunicado por el que actualizan los criterios sobre cómo elaborar los estados de información no financiera (EINF) de los próximos ejercicios.

La publicación ocurre en un contexto en el que:

  1. continúa en tramitación el proyecto de ley que traspone la directiva de información corporativa sobre sostenibilidad1 (CSRD, por sus siglas en inglés), y
  2. la Comisión Europea publicó un paquete «ómnibus» de simplificación normativa que afecta a la CSRD y a las «normas europeas de información sobre sostenibilidad» (NEIS o ESRS, por sus siglas inglesas).

La finalidad del comunicado conjunto es que los estados de información no financiera publicados en España sean comparables a los de otros Estados miembros de la Unión Europea (UE), a pesar de que la directiva no se haya traspuesto aún.

Puede ampliar información sobre el comunicado anterior, publicado el 27-11-2024, y sobre el paquete ómnibus de simplificación normativa en las alertas relacionadas al margen.

A continuación, resumimos los aspectos más relevantes.

Presentación del estado de información no financiera

El comunicado afecta a las entidades obligadas por la CSRD a presentar la información de sostenibilidad en 2025 y 2026. Es decir, grandes entidades de interés público de más de 500 empleados y resto de grandes empresas.

En concreto, la CNMV y el ICAC recomiendan:

  • que las grandes entidades de interés público de más de 500 empleados publiquen el estado de información no financiera, en la medida de lo posible, considerando las citadas normas europeas y acogiéndose al nuevo marco transitorio comunitario, y
  • que el resto de grandes empresas valoren la conveniencia y utilidad de aplicar esas normas o, en su caso, los estándares voluntarios para pequeñas y medianas empresas, y el resto de normativa europea en curso.

Verificación independiente

Respecto a la verificación de la información por un «prestador independiente de servicios de verificación», remiten al anterior comunicado y señalan que, mientras se produce la armonización de estos requisitos, las entidades se basen en normas nacionales o estándares internacionales.

Entre dichas normas y estándares se encuentran:

  • la norma técnica de verificación de la información sobre sostenibilidad (aún no aprobada),2 publicada por el ICAC el 18-12-2024;
  • las directrices de la Comisión de Organismos Europeos de Supervisión de Auditores, y
  • la norma ISSA 5000.3

1 Directiva (UE) 2022/2464 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2022, por la que se modifican el Reglamento (UE) n.º 537/2014, la Directiva 2004/109/CE, la Directiva 2006/43/CE y la Directiva 2013/34/UE, por lo que respecta a la presentación de información sobre sostenibilidad por parte de las empresas.
2 La aprobación de la norma técnica de verificación de la información sobre sostenibilidad se producirá una vez que se apruebe la ley de información empresarial sobre sostenibilidad, mediante la que se modifican el Código de Comercio, la Ley de Sociedades de Capital y la Ley de Auditoría de Cuentas
3 «International Standard on Sustainability Assurance 5000», emitido por el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (IAASB, por sus siglas en inglés).