La ESMA publica las directrices finales sobre el nuevo modelo de comunicación de operaciones sujetas a EMIR refit
04-01-2023 — AR/2023/001
Estas directrices recogen criterios comunes y ejemplos prácticos para cumplir con el nuevo modelo de comunicación de operaciones sujetas a EMIR refit y, junto a ellas, la ESMA ha publicado también el documento de validaciones.
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La Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM o ESMA, por sus siglas en inglés) emitió, el 20-12-2022, las directrices sobre el nuevo modelo de comunicación de operaciones sujetas al EMIR1 (de European Market Infrastructure Regulation).
La finalidad de estas directrices es aclarar y homogeneizar la aplicación de los nuevos requisitos de comunicación de estas operaciones recogidos en el Reglamento Delegado 2022/18552 y en el Reglamento de Ejecución 2022/1860.3
La promulgación de estos dos nuevos reglamentos encaja en el contexto de la revisión del reglamento de infraestructuras de mercado conocida como EMIR «refit»4 e introduce cambios sustanciales en el contenido, el método y el formato de la plantilla de comunicación de las operaciones sujetas a esta norma.
Además, con esta publicación, la ESMA ha adaptado su documento de validaciones a este nuevo modelo de informe.
A continuación, se incluye un resumen del contenido de las directrices.
Directrices sobre el reporte
Estas directrices aclaran los siguientes aspectos de las comunicaciones de operaciones para las contrapartes financieras y no financieras.
Campos de la nueva plantilla
En líneas generales, estas directrices detallan cómo reportar:
- los campos correspondientes a la contraparte 1 y 2 del derivado;
- la dirección comprador/vendedor de las contrapartes, según el tipo de derivado notificado;
- el nuevo campo «event type« y, en especial, su combinación con el campo «action type«;
- las notificaciones de la posición y, en particular, las condiciones que se deben cumplir para su reporte;
- el identificador único de operación (UTI, por sus siglas en inglés), que incluye la identificación de la entidad responsable de generarlo;
- los derivados ejecutados en un centro de negociación (ETD, por sus siglas en inglés);
- el identificador único del derivado, en función de la naturaleza de este, y su código de clasificación (CFI, en siglas inglesas);
- los campos sobre el precio, nocional y cantidad según el tipo de derivado;
- los derivados sujetos a compensación, los derivados complejos o con subyacente en criptoactivos;
- los datos relacionados con el mark to market (valoración de los activos por su precio actual de mercado) y el intercambio de colateral, recogidos en la nueva tabla específica introducida en la plantilla de EMIR, y
- otros campos relacionados con la confirmación, liquidación y pagos previstos en el contrato del derivado.
Reporte según la tipología de derivado
Recogen también las directrices ejemplos concretos de descripción para:
- las diferentes tipologías de derivados sujetas al EMIR, y
- el cumplimiento de las validaciones de la ESMA.
En estos ejemplos, el supervisor europeo:
- aclara la forma en la que se debe cumplimentar cada uno de los campos previstos en la plantilla de comunicación de operaciones, y
- el mensaje XML con el que se notificará a los registros de operaciones (TR, de trade repositories).
Otras aclaraciones previstas en las directrices
Sobre este punto, las directrices aportan una mayor claridad sobre los aspectos siguientes:
- Las transacciones u operaciones entre las contrapartes que cumplen con la definición de «derivado» recogida en la norma y, por tanto, de comunicación obligatoria.
- Las condiciones para solicitar a la autoridad nacional competente la exención de notificación de las operaciones intragrupo.
- Los mecanismos de comunicación entre las contrapartes, cuando se haya delegado el deber de notificación a la otra contraparte o a una tercera entidad. Esta obligación será especialmente relevante cuando la contraparte financiera sea la responsable de reportar en nombre de una contraparte no financiera exenta a la obligación de compensación.
Implantación de la nueva plantilla
La ESMA confirma que cualquier notificación al TR se realizará conforme a la nueva plantilla a partir del 29-4-2024.
No obstante, si no se modifican los derivados vigentes, las contrapartes dispondrán de un período de 180 días para cumplir con esta nueva obligación.
Próximos pasos
Como es habitual, las directrices las traducirán a los idiomas oficiales de la Unión Europea y las publicará la ESMA en su sitio web.
Serán aplicables desde el 29-4-2024, coincidiendo con la primera notificación en el nuevo modelo de EMIR refit.