La ESMA publica su opinión sobre los requisitos de divulgación de los factores ESG en los índices de referencia
04-05-2020 — AR/2020/085
La ESMA publicó, el 29-4-2020, una “carta de no-acción” para que las autoridades nacionales no sean exigentes en la supervisión de los nuevos requisitos de divulgación de información de los factores ESG en los índices de referencia, hasta que no se hayan publicado los reglamentos delegados del BMR. Además, la ESMA solicitó a la Comisión Europea que agilice la aprobación de los proyectos de reglamentos delegados del BMR, que están en fase de consulta.
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El 30-4-2020, comenzaron a aplicarse algunas modificaciones del Reglamento (UE) 2019/2089 (BMR, por sus siglas en inglés), que introduce cambios en el tratamiento de índices de referencia.
Estos cambios están relacionados con los requisitos de divulgación de los factores ESG. En concreto, la obligación para los administradores de incluir, por cada índice o familia de índices de referencia:
- una explicación de cómo reflejan los factores ESG los elementos clave de la metodología, en el documento referido a este asunto, y
- una explicación de cómo se reflejan los factores ESG en el documento de divulgación de índices de referencia.
Sin embargo, aún no se han aprobado las normas técnicas de regulación que desarrollan el BMR y, por tanto, las autoridades comunitarias y nacionales son conscientes de las dificultades para cumplir con estos nuevos requerimientos.
Como consecuencia, la ESMA ha publicado, el 29-4-2020, dos documentos:
- una «carta de no-acción», dirigida a las autoridades nacionales competentes (ANC, por sus siglas en inglés), en la que recomienda que no sean muy exigentes en sus labores de supervisión sobre estas obligaciones, hasta que se apruebe la normativa de desarrollo, y
- una opinión dirigida a la Comisión Europea para apremiarles en la aprobación de esta normativa.
Prácticas de supervisión menos exigentes hasta que se apruebe el reglamento delegado
La «carta de no-acción» de la ESMA indica a las ANC que no den prioridad a la supervisión de los administradores de índices de referencia respecto a la aplicación de las medidas derivadas de los nuevos requisitos de divulgación, hasta que no entren en vigor los actos delegados.
La ESMA considera que es necesario que las ANC suplan la ausencia de estos reglamentos delegados mediante prácticas coherentes de supervisión basadas en el riesgo.
Evitar retrasos en la aprobación del reglamento delegado
En su opinión, dirigida a la Comisión Europea, la ESMA solicita que no se retrase la aprobación del reglamento delegado que desarrolla estas obligaciones de divulgación de los requisitos ESG que recoge el BMR, para proporcionar a los administradores claridad en la forma de aplicar los requisitos.
Dentro del proceso de aprobación de esta norma, se encuentra en estado de consulta pública hasta el 6-5-2020. A continuación, el Parlamento Europeo y el Consejo deberán aprobarla para que entre en vigor.
Además, indica que se deberá establecer un periodo de tiempo razonable para que los administradores de índices de referencia puedan adaptar sus prácticas para cumplir adecuadamente con los requerimientos.