El Consejo de la UE aprueba el reglamento sobre la identidad digital europea

08-04-2024 — AR/2024/026

Con este paso, este reglamento intenta impulsar la cartera de identidad digital europea, que inició en 2014 el conocido como reglamento eIDAS, ahora modificado.

El Consejo de la Unión Europea ha aprobado, el 26-3-2024, un reglamento que modifica el Reglamento (UE) n.º 910/2014,1 sobre la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior (conocido como reglamento eIDAS), que sentó las bases para acceder de forma segura a los servicios públicos y realizar transacciones en línea.

Propósito del nuevo reglamento

Según recoge el texto conocido, este nuevo reglamento, propuesto por la Comisión Europea en junio de 2021, busca mejorar el reglamento eIDAS para lograr una identidad digital europea, segura y fiable, que sea operativa en una cartera digital en la que se puedan vincular las identidades digitales nacionales junto con otros certificados, como el carné de conducir.

Con esta cartera digital se podrá demostrar de forma fiable la identidad de las personas y compartir la documentación electrónica almacenada.

Aspectos principales del nuevo reglamento

Resaltamos los siguientes:

  1. Los Estados miembros deben poner a disposición de los ciudadanos una cartera de identidad digital y aceptar las carteras europeas de identidad digital de los demás Estados miembros antes de 2026.
  2. Incluye garantías de que las personas que opten por no utilizar estas carteras no serán discriminadas y de que su uso será siempre voluntario.
  3. Los componentes de programas informáticos serán de código abierto, pero se deja a los Estados miembros margen de maniobra para que, por razones justificadas, no tengan que divulgar componentes específicos distintos de los instalados en los dispositivos de los usuarios.

Cartera de identidad digital europea

La intención de la norma es que las carteras de identidad digital europea permitan a los ciudadanos:

  • acceder a servicios en línea con su identificación digital nacional, que será reconocida en toda la UE, sin tener que utilizar métodos de identificación privados ni compartir innecesariamente datos personales, y
  • qué datos personales comparte realmente.

Para ello, estas carteras de identidad:

  • presentarán un panel con todas las transacciones disponibles;
  • permitirá denunciar posibles violaciones de la protección de datos personales;
  • podrán interactuar con otras carteras;
  • admitirán la incorporación desde los sistemas nacionales de identificación electrónica existentes y beneficiarse de la firma electrónica gratuita para un uso no profesional.

Próximos pasos

El reglamento aprobado:

  • se promulgará en el Diario Oficial de la Unión Europea en las próximas semanas,
  • entrará en vigor a los veinte días de su publicación, y
  • será de aplicación completa en 2026.

1 Reglamento (UE) n.º 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior y por la que se deroga la Directiva 1999/93/CE.