El Parlamento Europeo publica un análisis sobre el impacto del COVID-19 en los derechos humanos fuera de la Unión Europea

06-04-2020 — AR/2020/071

El Parlamento Europeo analiza las limitaciones de algunos derechos fundamentales en la situación excepcional provocada por el COVID-19. Algunas de estas medidas, como las restricciones a la circulación, son muy eficaces para frenar el brote y, con ello, defender el derecho a la salud y la vida de los más vulnerables. Los acuerdos internacionales permiten la limitación proporcionada de los derechos con garantías rigurosa y muy controladas para evitar el abuso.

El Parlamento Europeo analiza las condiciones en que se han adoptado las diferentes medidas que limitan algunos derecho fundamentales, en la situación excepcional creada por la pandemia del COVID-19.

Lo hace a la luz de la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y el Pacto Internacional de Derechos Económicos

Se describen con brevedad sus consideraciones, a continuación.

Restricción de la libertad de circulación

La mayoría de los países han adoptado esta medida, salvo Corea del Sur y Japón.

Inicialmente, la OMS la tachó de ineficaz a largo plazo y muy perturbadora del orden económico y social, y abogaba mejor por la identificación de los casos, el control de los contactos y el aislamiento.

Todavía hoy los especialistas médicos discuten si una restricción tan drástica como la impuesta en China es necesaria y proporcionada.

Limitaciones de la libertad de expresión

La desinformación dificulta la lucha y erosiona la confianza en las autoridades públicas. Por ello, países como Sudáfrica sancionan a quienes difunden noticias falsas.

Sin embargo, esta limitación puede dificultar los esfuerzos para combatirla (por ejemplo, el descontrol inicial del brote en China estuvo agravado por la supresión de la libertad de expresión).

Erosión de la democracia en el mundo

Muchos estados han declarado el estado de emergencia, que les permite adoptar medidas urgentes y radicales.

Sin embargo, existe un riesgo de que no se deroguen cuando dejen de ser necesarias.

Aumento de la xenofobia

Hay una preocupación creciente por los ataques contra personas provenientes de países con un contagio generalizado.

Limitación del derecho a la intimidad

Para contener la pandemia, es necesario conocer su naturaleza, cómo se propaga, a quién infecta y a quién enferma gravemente.

Corea del Sur fue la pionera en utilizar apps móviles para crear un mapa público de concentración de los casos. Singapur e Israel utilizan herramientas de vigilancia digital de la cuarentena y el confinamiento.

Recesión económica

Existe un riesgo evidente para las personas más vulnerables, especialmente en los países más pobres, las zonas de guerra (como en Siria, Gaza o el Yemen o los campamentos de refugiados y desplazados internos).

Además, el cierre de fronteras impide el derecho de asilo. En este sentido, la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados no permite suspender la prohibición de devolver a los refugiados y solicitantes de asilo que corren el riesgo de ser perseguidos, aunque no impide cerrar las fronteras.